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¿CUÁNTOS VOTOS SE NECESITAN PARA GANAR UNA DIPUTACIÓN?

Noviembre 03, 2016 12:18 PM
Según las autoridades del Consejo Supremo Electoral, (CSE), el padrón activo para las Elecciones Nacionales del 2016 es de 4 millones 345 mil 162 personas. El padrón pasivo está compuesto por 644 mil 859 personas. Tanto pasivo y activo suman el padrón bruto de 4 millones 990 mil 20 personas. Partiendo del padrón activo (4.345,162 personas) y bajo el supuesto de que todos voten, ¿Cuántos votos vale un diputado? El Art. 140 de la Ley Electoral establece que “la Elección de los veinte (20) Diputados ante la Asamblea Nacional de carácter nacional y de los veinte (20) Diputados ante el Parlamento Centroamericano se harán por Circunscripción Nacional y de acuerdo a lo dispuesto en la presente Ley”. Al dividir los 4, 345,162 personas que están en el padrón activo entre las 20 diputaciones, el resultado indica que cada escaño requiere de 217,258 votos por circunscripción departamental, regional o nacional. En la misma Ley Electoral en el artículo 141 establece que la elección de 70 de los 90 diputados ante la Asamblea Nacional se hará por circunscripciones departamentales y de las Regiones Autónomas.
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Tal como se ejemplificó con Managua, a Boaco, le corresponderían 2 diputados. Los inscritos en el padrón son 123,961 personas y si todos votaran y fueran validos, cada diputado cuesta 61,980 votos al sacar el cociente electoral departamental que es la división entre votos validos entre los escaños a elegirse. En el artículo 146 de la ley electoral se contempla que “los escaños que hagan falta distribuir se asignaran a cada partido o alianza política así: 1) Luego de la adjudicación anterior, se ordenarán de nuevo los votos obtenidos por cada partido de mayor a menor y el siguiente escaño se asignará al partido que obtenga la media mayor, es decir, se dividirá el número de votos obtenidos en la primera operación más uno, asignando el escaño al partido que resulte con la media mayor. 2) En el caso que la distribución de escaños no se complete se repetirá de nuevo esta misma operación, pero ahora únicamente respecto del partido que obtuvo el escaño anterior, es decir, se divide el número total de sus votos entre el total de escaños asignados más uno, asignando el siguiente escaño al partido que resulte con la media mayor. 3) En el caso que la distribución de escaños no se complete se repetirá de nuevo esta misma operación, de nuevo únicamente respecto del partido que obtuvo el escaño anterior, es decir, se divide el número total de sus votos entre el total de escaños asignados más uno, asignando el siguiente escaño al partido que resulte con la media mayor y así sucesivamente si aún faltaren escaños por asignar. 4) De acuerdo al número de escaños adicionales obtenidos por cada partido político se declaran electos los candidatos a Diputados propietarios junto a los Suplentes que siguen en el orden de precedencia de cada lista.

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