SURGE NUEVA DENUNCIA CONTRA JUEZA DE TIPITAPA POR SUPUESTA CORRUPCIÓN

Septiembre 02, 2017 07:06 AM
  • ESPECIAL 100 %NOTICIAS | 2da Parte
Una nueva denuncia por supuestos actos de corrupción fue ventilado ante los Magistrados del Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) contra la Jueza propietaria del Juzgado de Distrito Penal de Tipitapa, y habilitada para conocer causas de violencia,  Victoria del Carmen López Urbina, y los abogados Marcos Pérez y Rolando Alvizua Rivas.  Según el documento en manos de 100% NOTICIAS, la jueza Victoria López Urbina habría acordado recibir 3 000 mil dólares por medio del abogado Marcos Pérez para cambiar la medida de prisión preventiva al ciudadano José Nieves Flores, quien estaba siendo acusado por el delito de abuso sexual en perjuicio de una menor de ocho años. La forma en que habría dado el cambio de medida cautelar fue cuando los hermanos Elvis Concepción Flores Vallejos y  Teodoro Enrique Vallejos, hijos de Nieves, empeñaron su vivienda para obtener los tres mil dólares para que un dictamen médico elaborado por unos médicos legales declarara al presunto abusador como enfermo. "Con mucho sacrificio fuimos donde un prestamista a empreñar la vivienda para que nos prestara los tres mil dólares para que la jueza le cambiara la medida por arresto domiciliar", dice parte de la queja enviada por los hijos del condenado a la CSJ. El abogado Marcos Pérez se contactó vía telefónica con 100% NOTICIAS para dar su versión y negó las acusaciones de los hermanos Flores Vallejos a quienes los acusó de mentirosos. "Con relación a esta denuncia, esos señores están faltando a la verdad. En principio no fui contratado por ninguno de los dos señores, a mi me puso en contacto el señor Julio César Pérez...dos a mi me enviaron al señor Enrique Flores Vallejos que también es hermano de estos muchachos mentirosos y la queja que ellos presentaron ante la CSJ dice que a mí me sugirió la abogada Ma. de los Ángeles, que era la primer defensa técnica que tuvo el señor acusado", dijo Pérez. Además añadió que él pactó por "honorarios", 3 mil dólares "porque ese es un delito altamente grave", y subrayó que "la niña a la que ellos hacen referencia es la nieta de ese señor entonces es un conflicto entre familias".

MÁS IMPLICADOS EN CASO DE CORRUPCIÓN

El caso además involucra a Miriam Arellana, administradora del centro de recreación El Trapichito, en Tipitapa quien supuestamente en retribución de un favor que le debía, pidió a la jueza condenar al señalado de abuso sexual. Arellana conocía a la familia de la menor de edad supuestamente abusada. Los familiares del acusado recurrieron a Arellana para solicitarle ayuda en el caso, quien cedió y presuntamente en presencia de ellos llamó a la jueza para pedirle que anulara el juicio, sin embargo ésta solicitó la cantidad de 500 dólares. El caso de corrupción y soborno dio un giro cuando una hermana de la dueña del Trapichito le prestó un dinero a los familiares del señalado de abuso sexual para la libertad, pero intervino el abogado Rolando Alvizua Rivas quien llegó hasta la casa de los familiares del acusado para decirles que si le daban 3 000 mil dólares, él podía sacar a su padre por medio de un conecte en la CSJ. De esta acusación presuntamente hay una grabación entre la jueza y la dueña del Trapichito.  A la acusación enviada a la CSJ se adjuntaron las siguientes pruebas.
  1. CD con grabaciones del abogado Marcos Pérez
  2. Conversaciones con Miriam Orellana, dueña del Trapichito y la jueza Victoria López
  3. Conversación entre Orellana aceptando que por ella se condenó al acusado
  4. Recibo del dinero entregado a Marcos Pérez
  5. Recibo del dinero entregado a Rolando Alvizua Rivas
  6. Escritura pública 38 donación irrevocable de bienes inmuebles
  7. Escritura pública 39 por reconocimiento de adeudo y compromiso de pago.

Documentos presentados ante la CSJ

DELITO DE COHECHO

El Código Penal de Nicaragua tipifica las dádivas o dineros entregados a funcionarios como cohecho. El Art. 445 indica que el cochecho es cometido cuando una autoridad, funcionario o empleado público  acepta dádivas, dinero, favores, promesas o ventajas, para sí mismo o para otra persona o entidad, a cambio de la realización, retardación, agilización de sus funciones públicas. El delito es sancionado con la pena de cuatro a seis años de prisión e inhabilitación por el mismo período, para ejercer el empleo o el cargo público. En el caso del cohecho particular, el Art. 446 del Código Penal asegura que se da cuando una persona o terceros ofrezca u otorgue a una autoridad, funcionario y empleado público a cambio de la realización, retardación, y agilización para una función.

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