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AGUERRI: "ACLARO, TODAS LAS CASAS SON EMBARGABLES"

Icono de calendario Marzo 19, 2015 Icono de Reloj 03:07 AM
“Las casas para garantía hipotecaria, para la compra de las mismas casas, y de las mejoras de las casas son embargables, y esto no es nuevo, no es un cambio, está desde un decreto de algunos años y se está reafirmando en el Código Procesal Civil y el Código de Familia”, precisó Aguerri. Las viviendas familiares cuyo precio sea menor de US$40,000 pueden ser objeto de embargo cuando sirvan de garantía al adquirir un bien o cuando se obtenga un financiamiento para su mejora, aclaró ayer el presidente del Consejo Superior de la Empresa Privada, Cosep, José Adán Aguerri. El presidente del Cosep explicó que aunque el artículo 71 de la Constitución Política de Nicaragua y el artículo 94 del Código de la Familia garantizan el patrimonio familiar de los nicaragüenses, y aclaran que es inembargable o que no puede ser objeto de enajenación, existen algunas excepciones. El Código de Familia en la parte final del artículo 95, por ejemplo, establece de forma expresa la siguiente excepción: “El acreedor hipotecario o institución financiera, podrá  ejecutar la garantía constituida al adquirir el bien o cuando se adquiera financiamiento para su mejora”. Fuente: El Nuevo Diario
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