Conozca las actualizaciones migratorias en Costa Rica para los nicaragüenses
Daguer Hernández, ex subdirector de Migración en Costa Rica, explicó en qué consiste la categoría especial temporal y cuál es el estado de los recursos de amparo interpuestos para eliminar el requisito de desistimiento al refugio previo a la obtención de la categoría especial temporal. Además de cómo obtener los permisos laborales para solicitantes de refugio, vigencia y renovación.
En cuanto a la categoría especial temporal aclaró que, “se siguen recibiendo documentos de personas que quieran participar de la categoría especial temporal y que cumplan con los requisitos establecidos y que sean parte de los presupuestos establecidos”.
“Es muy importante que la gente participe, porque cuando se logren resolver los recursos que en este caso es una acción de inconstitucionalidad, se va a resolver la mayor cantidad de casos de la categoría”.
El exfuncionario explicó que hay otra opción que la Administración ha estado valorando en el sentido de que ellos están buscando soluciones para poder resolver la categoría especial temporal lo más pronto posible, pero sí “es muy importante que la gente siga participando con esto de la categoría especial temporal, ya se están emitiendo resoluciones de personas que han tenido categoría especial Temporal y que la fundamentan no en un desistimiento del proceso de Refugio sino en un rechazo de refugio”.
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Por lo tanto, aseveró que las personas que fueron rechazadas del refugio y que presentaron su categoría especial temporal tienen la posibilidad de que se les emita su resolución.
Recurso de amparo
En cuanto al recurso de Amparo que fundamentó una acción de inconstitucionalidad, Daguer Hernández aseguró que la sala constitucional acogió una acción de inconstitucionalidad por considerarlo contrarios al derecho de asilo y a la libertad de tránsito, y contrario al principio de no discriminación por razón de nacionalidad.
En cuanto a la aplicabilidad de la renuncia a pedir el derecho de asilo o refugio por parte de la población nicaragüense, venezolana y cubana dijo que el efecto “es la suspensión para todos los trámites administrativos y judiciales en donde haya resolución final, lo que dice prácticamente es que tampoco se dicte resolución final mientras la sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Entonces esa advertencia indica de que todas las personas que presentaron su categoría especial Temporal y la fundamentaron en un desistimiento de Refugio, está suspendida su resolución final hasta que la sala no haya determinado”.
Movilidad segura
En cuanto al programa de movilidad segura impulsado por Estados Unidos en Costa Rica, recordó que no es un programa de migración sino un programa de regularización migratoria en un tercer país, “en el sentido de que a las personas que ya estaban en Costa Rica o cumpliendo con esos dos requisitos de estar inscritos como solicitantes de Refugio se les va a dar un programa de movilidad a un tercer país en este caso Estados Unidos”.
Hernández explicó que es ACNUR el que identifica, selecciona y llama a las personas para ver si está interesado en participar en este programa y lo otro “es que hay otros programas también como el parole, la visa por la unificación familiar en Estados Unidos, que la misma página de movilidad segura hace referencia a esos otros programas.