LO QUE DEBÉS DE SABER ANTE EL BOOM DE LA INVERSIÓN MOVILIARIA
La Procuraduría General de la República (PGR) divulgó este fin de semana las disposiciones administrativas que serán aplicadas en trámites de transmisiones inmobiliarias, esto con el fin de evitar el tráfico ilícito de propiedades en Nicaragua.
De acuerdo con la nota divulgada por la PGR, se requerirá certificación en los siguientes casos
- Cuando el inmueble a transferir esté ubicado en zonas costeras, áreas de reservas fronterizas, conforme a las leyes N. 217
- 2) Propiedades originadas en títulos supletorios y Prescripciones adquisitivas que carezcan de antecedentes registrales adquiridas posterior al año 2017.
- 3) Las propiedades cuyo antedecente inmediato proviene de los extintos bancos.
- 4) Las transacciones cuyo antecedente provenga de títulos de reforma agraria
- Cuando el inmuebles cuyo títulos sean otorgados por INVUR, alcaldías e intendencias de propiedad
- Los provenientes de dominio otorgado por las alcaldías en base a Decreto 923, Ley de titulación de lotes y repartos intervenidos, así como donaciones efectuadas por estas.
- Las provenientes de títulos emitidos bajo leyes
- Cédula de identidad del solicitante
- Copia de cédula de identidad del enajenante.
- Poder que faculte al solicitante para comparecer a solicitar certificación
- Título o escritura pública
- Antecedente registral
- Plano debidamente aprobado por catastro.