Unión Europea aprueba su propia Magnisky Act, sancionará a violadores de derechos humanos
El Consejo de la Unión Europea adoptó este lunes un reglamento que establecen un régimen global de sanciones de derechos humanos . Por primera vez, la UE se está equipando con un marco que le permitirá dirigirse a personas, entidades y organismos, incluidos actores estatales y no estatales, responsables de, involucrados o asociados con violaciones y abusos graves de derechos humanos en todo el mundo , no importa donde ocurrieron.
"Necesitamos un régimen global para ganar más flexibilidad para perseguir a los violadores y abusadores de los derechos humanos sin importar dónde se encuentren”, dijo el Alto Representante Josep Borrell. “Con el nuevo Régimen de Sanciones Globales de Derechos Humanos de la UE, podremos proceder más rápido y ser más eficientes", enfatizó.
El Eurodiputado José Ramón BauzáJosé Ramón Bauzá adelantó la semana pasada a 100% Noticias sobre este mecanismo de sanciones de la Unión Europea e indicó que la UE solo "podía imponer sanciones mediante unanimidad de los Estados y por países individuales. Con el nuevo sistema se mantiene la unanimidad, pero se puede ampliar una lista de individuos y entidades sancionadas sin necesidad de una nueva decisión unánime de los gobiernos".
"En el caso de Nicaragua, el régimen de Ortega y Murillo ha cometido la práctica totalidad de esos delitos y deben ser sancionados, como ha exigido el Parlamento Europeo en reiteradas ocasiones, la última por 609 votos a favor en el mes de octubre", dijo Bauzá a 100% Noticias
Dichas medidas restrictivas establecerán una prohibición de viaje que se aplicará a las personas y la congelación de fondos que se aplicarán tanto a las personas como a las entidades. Además, las personas y entidades de la UE tendrán prohibido poner fondos a disposición de los enumerados, ya sea directa o indirectamente.
El marco para las medidas restrictivas específicas se aplica a actos como el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y otras violaciones o abusos graves de los derechos humanos (por ejemplo, tortura, esclavitud, ejecuciones extrajudiciales, arrestos o detenciones arbitrarias). Otras violaciones o abusos de los derechos humanos también pueden estar comprendidos en el ámbito del régimen de sanciones cuando esas violaciones o abusos sean generalizados, sistemáticos o sean motivo de grave preocupación en lo que respecta a los objetivos de la política exterior y de seguridad común establecidos en el Tratado (artículo 21 TEU).
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Corresponderá al Consejo, a propuesta de un Estado miembro o del Alto Representante de la UE para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, establecer, revisar y modificar la lista de sanciones.
La decisión de hoy destaca que la promoción y protección de los derechos humanos sigue siendo una piedra angular y una prioridad de la acción exterior de la UE y refleja la determinación de la UE de abordar las violaciones y abusos graves de los derechos humanos.
Los actos jurídicos pertinentes se publicaron en el Diario Oficial.