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ONU: Daniel Ortega y Rosario Murillo "deben ser sometidos a investigaciones judiciales" por el crimen de lesa humanidad

El Grupo identifica como autores de los crímenes de lesa humanidad y persecución política a Ortega y Murillo, como las cabezas del aparato represor y que da las órdenes a los otros poderes del estado y dependencias como la policía nacional y el Ministerio del Interior

Febrero 29, 2024 07:28 AM
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El Grupo de Expertos en Derechos Humanos sobre Nicaragua concluyó, en un segundo, que Daniel Ortega y Rosario Murillo y los altos funcionarios del Estado "deben ser sometidos a investigaciones judiciales por su posible responsabilidad en los crímenes, violaciones y abusos" contra los nicaragüenses, destacan en un informe presentado ante el Consejo de Derechos Humanos este jueves en Ginebra, Suiza. 

El Grupo identifica como autores de los crímenes de lesa humanidad y persecución política a Ortega y Murillo, como las cabezas del aparato represor y que da las órdenes al Comisionado General en retiro Horacio Rocha, asesor de seguridad presidencial, así como a Néstor Moncada Laú, también asesor presidencial y a Fidel Moreno, secretario general de la Alcaldía de Managua. También las órdenes bajan a los otros poderes del estado y dependencias como la policía nacional, procuraduría de la república, Asamblea Nacional, Corte Suprema de Justicia, el Ministerio del Interior, Ministerio Público, Estructura de inteligencia, Dirección de Aduanas, Juventud Sandinista, entre otros órganos represores.

Estructura y cadena de mando para cometer el delito de crimen de lesa humanidad y persecución política en Nicaragua, elaborado por Grupo de Expertos de derechos humanos para Nicaragua. 

Hay "total impunidad, que incluso se ha extendido de facto más allá del territorio de Nicaragua" señalan. 

Aseguraron que los familiares de las víctimas de violaciones de los derechos humanos son "victimizados" solo por ser parientes de los opositores al régimen. "Estas violaciones por asociación son particularmente graves cuando afectan a las niñas y a los niños" indican.

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"El Grupo también pudo corroborar la información de su primer informe sobre tortura y los tratos o penas crueles, inhumamos o degradantes", expresa el informe.

Todas las voces críticas fueron eliminadas desde el sector universitario nicaragüense, movimiento campesino organizado, pueblos indígenas y afrodescendientes, la iglesia católica y otras denominaciones cristianas. 

"Los patrones claves de violaciones actualmente usados por las autoridades incluyen: la expulsión de nacionales y extranjeros; la privación de la nacionalidad nicaragüense; la negación de entrada o de salida del territorio de Nicaragua; la creación de un ambiente intimidatorio y/o coercitivo; y la acumulación de actos represivos que ha obligado a muchas personas a abandonar el país y que, por lo tanto, constituye una forma de expulsión".

El Grupo "concluye que la situación de los derechos humanos en Nicaragua se ha deteriorado hasta tal punto que se necesitarán muchos años –y recursos– para establecer una situación regida por el Estado de derecho y el respeto de los derechos humanos".

Los expertos de la ONU mencionan el caso de represión contra la franquicia de Miss Nicaragua tras ganar Sheynnis Palacios Miss Universo 2023 el pasado 18 de noviembre. 

"Existen muchos casos notorios que ilustran el alcance y la intensidad de la persecución actual. Los acontecimientos en el contexto del concurso “Miss Universo”, durante el cual se ondearon banderas nacionales azules y blancas en las calles de Nicaragua, son solo un ejemplo en este sentido. Desde las protestas masivas de abril de 2018, la bandera nacional se había convertido en un símbolo de oposición al Gobierno".

Recomendaciones

El Grupo de Expertos reiteró las recomendaciones al régimen en Nicaragua y a la comunidad internacional expresadas en el primer informe para mejorar la situación de derechos humanos en Nicaragua. 
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a) Hacer que el estado de Nicaragua rinda cuentas por sus obligaciones en virtud de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y la Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961.

b) Con respecto a las personas nicaragüenses privadas de su nacionalidad, obligadas a salir o a las que se les ha negado la entrada en el territorio de Nicaragua, y/o que han huido de Nicaragua: (i) Utilizar los resultados y conclusiones del Grupo para garantizar un acceso justo y efectivo a los procedimientos de identificación, remisión y determinación del estatuto de refugiado; y (ii) Aplicar los criterios más amplios para el reconocimiento del estatuto de refugiado contenidos en la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados de 1984.

c) Velar por que los hallazgos y conclusiones del Grupo se tengan en cuenta, en particular, en las relaciones y políticas de seguridad, financieras y comerciales: 

(i) Al evaluar el cumplimiento por parte de Nicaragua de las normas contra el lavado de activos, la financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación, en relación con las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional, aplicando el principio de “no hacer daño”.

(ii) Con respecto a las consultas del Artículo IV del Fondo Monetario Internacional (FMI) con Nicaragua, al evaluar las cuestiones de gobernanza en la supervisión y el uso de los recursos del FMI, así como la relación entre la emigración, las remesas, el crecimiento del PIB y la participación de la mano de
obra en Nicaragua; y (iii) Al condicionar el acceso preferencial de Nicaragua a los mercados al cumplimiento de los objetivos de política no comercial y/o evaluar el impacto sobre los derechos humanos en las relaciones comerciales con Nicaragua.

d) Reforzar la capacidad de los medios de comunicación independientes y las
organizaciones de la sociedad civil nicaragüenses.

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