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Reformas a código penal: enjuiciarán a exiliados e impondrá cadena perpetua para lavado de dinero en Nicaragua

Otro abogado consultado por 100%Noticias dijo que la reforma al artículo 46 y 47 del Código Penal tienen como objetivo legalizar la confiscación de los bienes de las personas que están judicializadas y que tienen alguna propiedad a nombre de ellos

Agosto 29, 2024 01:05 PM

El régimen de Daniel Ortega podrá imponer cadena perpetua a cualquier opositor o trabajadores de ONG´s que sea condenados por el delito de lavado de activos, tras enviar a reformar la Ley No. 641 Código Penal de Nicaragua. Además, podrá enjuiciar en ausencia a cualquier opositor.

Ortega también envió a modificar la Ley de Reforma y adiciones a la Ley No. 977 Ley contra el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva, así como la Ley de reformas y adiciones a la Ley No. 976 Ley de la Unidad de Análisis Financiero. 

Este jueves los diputados sandinistas enviaron a “consulta” el paquete de reformas, el cual supuestamente será analizado por la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos de la Asamblea Nacional.

Al mismo tiempo, el diputado y presidente del parlamento, Gustavo Porras, convocó a los legisladores para el martes de la próxima semana, es decir que el paquete de leyes podría ser aprobado rápidamente. 

Al respecto, el exdiputado y analista político, Eliseo Núñez dijo que con la nueva modificación cualquier persona que acusen de lavado dinero que van desde los opositores hasta los manejadores de fondo de las ONG podrían ser sentenciados a cadena perpetua.

Están poniendo el tema de lavado de dinero y la cadena perpetua que no estaba en el Código Penal, hay que recordar que la reciente reforma Constitución establece que la cadena perpetua es solo para crímenes atroces, etcétera, y ahora lo están poniendo en el tema de lavado, lo cual es grave”, dijo Núñez a 100%Noticias.

Al mismo tiempo, destaca que la mayoría de los opositores han sido acusados de lavado de dinero, así como las ONG, por lo cual considera que la reforma aumenta la criminalización.

“Ya se criminaliza la relación que financiera que se pudiera tener con agentes extranjeros a través de la Ley de Agentes Extranjeros y ahora vienen a imponer una pena que solo estaba reservada para crímenes atroces y otro tipo de de crímenes y ahora la tiene para el tema del lavado de dinero”.

Núñez no descarta que el régimen apliquen estas leyes contra su propia gente “ellos ahora están en una cruzada contra ellos mismos, o sea, esto también lo van a ocupar contra su propia gente que nadie en ese país, aunque se declaren orteguista o seguidor de la Rosario nadie está seguro. Entonces esto está diseñado para los que quedan ahí adentro, pero principalmente está diseñado para las pocas ONG que quedan funcionando que son muy pocas”.

Por otro lado, otro abogado consultado por 100%Noticias dijo que la reforma al artículo 46 y 47 del Código Penal tienen como objetivo legalizar la confiscación de los bienes de las personas que están judicializadas y que tienen alguna propiedad a nombre de ellos ya sean bienes raíces, vehículos o cualquier otro tipo de bien mueble.

“Está confiscación la están legalizando a través de la figura del "decomiso" porque la confiscación está prohibida, por disposición constitucional normada en el artículo 44 de la Constitución Política de Nicaragua”, señala.

También le da facultades a los jueces penales de ordenar la disolución de las personas jurídicas, cuando sus propietarios son judicializados. 

También tiene la figura de intervención judicial en las empresas con fines de lucro o sin fines de lucro hasta por 5 años, bajo el supuesto de proteger los derechos de los trabajadores.

“Importante que el juez penal cuando ordene la intervención judicial de una sociedad con fines de lucro o sin fines de lucro en su resolución él decidirá por cuánto plazo va a estar intervenida esta persona jurídica y no solamente eso, sino que él va a tener la potestad de nombrar quién va a ser el encargado o el gerente general ya sea de una ONG o de una sociedad anónima, o de cualquier tipo de sociedad mercantil”, señaló el abogado a 100%Noticias. 

Respecto al artículo 49 que se refiere a la clasificación de las penas por su gravedad incluye penas a las personas jurídicas, entre ellas está el decomiso de sus bienes. 

“Para cometer un delito hay que tener la voluntad de hacerlo y ese es un delito doloso cuando se comete un delito sin la intención de hacerlo sin la voluntad ese es un delito imprudente. Sin embargo las personas jurídicas que son papeles no pueden cometer delito quienes cometen los delitos son los directivos de esta y por lo tanto él clasificar la pena por su gravedad en contra de persona jurídica es un absurdo”.

Enjuiciar en ausencia

Con la nueva enmienda al Código Penal, ahora el régimen sandinista podrá enjuiciar a exiliados nicaragüenses en ausencia, en pocas palabras están legalizando arbitrariedades.

"La novedad está de que van a juzgar a personas que están fuera del país y qué tipo de prueba la Fiscalía va legalizar y va a tener la fuerza, va a ser una prueba válida en juicio si supuestamente estás delinquiendo fuera del país. Entonces es un tema bastante delicado es grave porque se está haciendo un retroceso a la norma en cuanto a juzgar a una persona que está fuera del país, obviamente se estaba haciendo de hecho, pero ahora están legalizando lo ilegal", dijo la abogada y defensora de derechos humanos Yonarqui Martínez a 100% Noticias. 

Agrega "el Código Penal te dice que la naturaleza del proceso es la búsqueda de la verdad y dentro de la búsqueda de la verdad está que la persona debe de estar presente en todo el proceso, sino hay una suspensión del proceso, si la persona no está, pero si en este caso te van a procesar ¿Quién te va a defender?, o sea, te van a poner un abogado de oficio y el abogado de oficio del Estado va a ser el que te va a defender, entonces es una violación hacia los derechos del acusado, hay una violación grande al debido proceso recordemos todo proceso en Nicaragua debe de cubrir con ciertas prerrogativas". 

Respecto a las confiscaciones, Martínez sostiene que la enmienda viene a simplificar y a perfeccionar la violación del derecho a la propiedad "de hecho que han estado quitando propiedades sin ni siquiera juzgar a personas porque recordemos muchas personas fueron apresadas, expulsadas y confiscadas, ahora vienen sin tener una sentencia firme".

Por otro lado, la defensora de DDHH sostiene que la reforma también tiene un trasfondo político para callar la boca de los activistas y defensores que tienen pruebas sobre  delitos de lesa humanidad.

"Esto es para callar a los abogados, víctimas y que las víctimas no exijan justicia, ellos quieren amedrentar diciéndole bueno, si ustedes siguen haciendo gestiones para procesar a Daniel Ortega y Rosario Murillo nosotros le vamos a quitar todo y los vamos a procesar en ausencia. Entonces es un trasfondo político evidentemente con cierto parámetros de violación al debido proceso, la norma penal está siendo manoseada". 

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