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PRISIÓN PARA ACUSADO POR ASESINATO DE TRABAJADORA SEXUAL

Julio 27, 2015 02:21 AM
PRISIÓN PARA ACUSADO POR ASESINATO DE TRABAJADORA SEXUAL
La jueza de Distrito Penal de Audiencias de Estelí, Alma Pino, decretó la prisión preventiva para el exsargento del Ejército de Nicaragua, José David Ortuño, señalado de haber asesinado de al menos 9 puñaladas a la trabajadora sexual María Auxiliadora Peralta Olivas. La doctora explicó que dictó la prisión para el acusado por la magnitud del daño causado, porque vulneró el bien más preciado que es la vida; además si lo dejaba libre, correría el riesgo de que huyera u obstaculizara el proceso mediante la intimidación de testigos. La jueza programó para el jueves 8 de agosto la audiencia inicial, en la que determinará si remite o no la causa a juicio, aunque la Fiscalía adelantó que tienen suficientes pruebas materiales, periciales, testificales y científicas contra el reo, quien habría actuado con crueldad. Durante la audiencia preliminar, Ortuño dijo que no tenía recursos como para contratar un abogado, por lo que la jueza Pino le nombró de oficio a la litigante esteliana Violeta Gutiérrez. Pronunciamiento Integrantes de las organizaciones que promueven y defienden los derechos de las mujeres en general y de las trabajadoras sexuales, antes y después de la audiencia preliminar, afuera de los juzgados pidieron a las autoridades judiciales que el delito sea tipificado como femicidio. Sin embargo, la fiscal auxiliar, Marisela Pichardo Castillo, explicó que es facultad de la judicial, una vez que el caso sea elevado a juicio, calificar de forma definitiva el delito. Finalmente, mediante un comunicado, la Red de Mujeres contra la Violencia de Estelí expresó su solidaridad para la madre de María Auxiliadora, su hijo e hija, así como los demás familiares. “Les ratificamos que la pérdida de su vida nos compromete seguir luchando por una vida sin violencia”, destacaron la integrantes de la organización feminista. Desde el año 2014, los hombres que en Nicaragua priven de la vida violentamente a una mujer con quien no tengan o no hayan tenido ningún vínculo afectivo enfrentarán cargos por asesinato y no por femicidio, según reformas a la ley 779, o Ley integral contra la violencia hacia las mujeres. “Lo único que cambia es que el femicidio,se reduce a la relación de pareja”, afirmó en su momento la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, Alba Luz Ramos. No obstante, Ramos aclaró que quienes sean declarados culpables de asesinato en perjuicio de una mujer recibirán una condena más severa que incluso el culpable de femicidio, porque la pena por asesinato oscila entre 20 y 30 años; mientras que por femicidio va de 15 a 25 años.   INFOBAE

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