EEUU responde a preguntas sobre permisos humanitarios a 222 excarcelados políticos nicaragüenses
En su sitio web, el Departamento de Estado, presentó una guía de preguntas y respuestas que orienta a las personas sobre diversos trámites
Estados Unidos respondió a las preguntas más frecuentes que realizan los beneficiarios de permisos humanitarios, en particular los 222 excarcelados políticos nicaragüenses desterrados hacia EEUU, quienes fueron beneficiados con permisos humanitarios o parole humanitario por el gobierno de Joe Biden.
En su sitio web, el Departamento de Estado, presentó una guía de preguntas y respuestas que orienta a las personas sobre diversos trámites, entre ellas cómo buscar trabajo y cómo pedir a su familia.
Entre las preguntas más frecuentes están: Necesito atención de forma urgente. ¿Qué debo hacer?, Quisiera buscar trabajo en EE. UU. ¿Qué debo hacer?, Quisiera llevar a mi familia a EE. UU. ¿Qué debo hacer?; Me interesa patrocinar a mi familiar a través de estos procesos, pero necesito ayuda económica. ¿Qué puedo hacer?, Quisiera solicitar la ciudadanía española. ¿Qué debo hacer?, entre otras preguntas.
Requisitos para obtener el permiso humanitario
Sobre el permiso humanitario, el gobierno de EEUU señala que los beneficiarios tendrá que reunir las siguientes condiciones médicas y legales:
Por ejemplo, dentro de los 14 días después de concedido el permiso humanitario deben recibir una vacuna contra el sarampión, la poliomielitis o el COVID-19 .
También deberá hacerse un examen de detección de tuberculosis empezando por un análisis de sangre IGRA (ensayo de liberación de interferón gamma).
Aclaran que los beneficiarios deben “cumplir todas las directivas de salud pública, las solicitudes de información adicional que realicen el Departamento de Seguridad Nacional y otras autoridades federales”.
Los aplicantes deberán gestionar las vacunas y el examen de tuberculosis por sus propios medios. Sin embargo, aquellos beneficiarios nicaragüenses del permiso humanitario que hayan optado por apoyo se les asignará un administrador de casos del Centro de Víctimas de Tortura (CVT).
En caso que deseen realizar un viaje internacional, tendrán que solicitar un permiso anticipado (advance parole), para ello deberán consultar información en https://www.uscis.gov/i-131 .
Solicitud de asilo político
Respecto a la solicitud de asilo político explican que las personas que solicitan asilo deberán postularse dentro del año siguiente a su llegada a Estados Unidos, salvo excepciones limitadas.
“Si no pide asilo antes de que venza su permiso humanitario (parole), usted podría igualmente reunir los requisitos para una excepción al Plazo de Un Año para la Presentación si la demora se debe a una causa razonable”.
Para mayor información sobre asilo, deben visitar la página del USCIS.
Quiero un trabajo
También hay quienes preguntan sobre las oportunidades laborales en EEUU y cómo aplicar, en este caso, los beneficiarios de permisos humanitarios deben solicitar autorización de empleo presentando el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. (Disponible en uscis.gov/i-765 ).
Las Solicitudes de Autorización de Empleo (Formulario I-765s) para este grupo de beneficiarios de permisos humanitarios nicaragüenses deberán presentarse mediante copia impresa (no por internet) y se deberá añadir el código NICPAR con bolígrafo en el extremo superior derecho del formulario.
El arancel se ha dispensado y la tramitación se realizará de manera acelerada. Las solicitudes deberán enviarse a:
USCIS
ATTN: NICPAR
10 Application Way
Montclair, CA 91763-1350
Quisiera llevar a mi familia a EE. UU. ¿Qué debo hacer?
En esta pregunta, el Gobierno de los EE. UU. explicó que los ciudadanos elegibles de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela, así como sus familiares directos, podrán llegar a los Estados Unidos por un período de permanencia por motivos humanitarios de hasta dos años (el programa CHNV).
Si usted se encuentra actualmente en los Estados Unidos, tiene un familiar en alguno de estos países y reúne los siguientes requisitos generales, podrá presentar el Formulario 134A, Solicitud en Línea para Convertirse en Persona de Apoyo y Declaración de Apoyo Financiero (gov/i-134a ), al Servicio de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos (U.S. Citizenship and Immigration Services, USCIS) a fin de dar inicio al proceso.
El Formulario I-134A debe presentarse en forma electrónica a través de una cuenta en línea del USCIS, de carácter gratuito, en uscis.gov . No se aceptarán formularios impresos.
Entre los requisitos para aplicar al programa deberán:
- Estar fuera de Estados Unidos;
- Ser ciudadanos de Cuba, Haití, Nicaragua o Venezuela, o ser familiar directo (cónyuge, pareja de hecho o hijo/a no casado de menos de 21 años) y viajar con algún ciudadano cubano, haitiano, nicaragüense o venezolano elegible;
- Tener un patrocinador residiendo en EE. UU.2 que haya presentado el Formulario I-134A en representación suya y tenga el Formulario I-134A confirmado por el USCIS;
- Poseer un pasaporte no vencido que tenga validez para viajes internacionales;
- Viajar con un padre o tutor legal si tiene menos de 18 años; y
- Cumplir con todos los requisitos, incluidos los de vacunación y otras pautas sobre salud pública.
En caso que necesiten apoyo legal para autorizaciones de empleo, documentos de ciudadanía, documentos de reunificación familiar u otras consideraciones. El gobierno de EEUU llamó a contactar a CVT y Human Rights First (HRF) quienes trabajaran con miembros interesados de los 222 ciudadanos nicaragüenses con asistencia legal individual.
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