Alianza Cívica recuerda a Daniel Ortega que lleva tres años de incumplir acuerdos firmados

En la actualidad, la dictadura mantiene bajo cárcel a cuatro de seis dirigentes de la oposición que participaron en la mesa de negociación con el régimen, que en esa ocasión se comprometió a liberar a los presos políticos, elecciones libres, devolución de medios de comunicación confiscados y garantizar libertades.
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Marzo 27, 2022 07:53 PM

La Alianza Cívica por la Justicia y la Democracia (ACJD) recordó al dictador Daniel Ortega y a Rosario Murillo, quienes usurpan la presidencia de Nicaragua, que hace tres años firmaron una serie de acuerdos que no han cumplido y más bien recrudecieron la represión.

En la actualidad, la dictadura mantiene bajo cárcel a cuatro de seis dirigentes de la oposición que participaron en la mesa de negociación con el régimen, que en esa ocasión se comprometió a liberar a los presos políticos.

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“Exigimos al gobierno que cumpla con los acuerdos relativos a la liberación de personas privadas de libertad y el Acuerdo para fortalecer los derechos y garantías ciudadanas”, escribió la Alianza Cívica en su cuenta de Twitter.

Por su parte, la doctora María Asunción Moreno, jurista y académica miembro del Consejo Ejecutivo de la Alianza Cívica, criticó que “a tres años de la firma de los Acuerdos en la Mesa de Negociación en marzo de 2019 sobre “liberación de presos políticos y fortalecimiento de los derechos y garantías ciudadanas”, el régimen de Ortega-Murillo:  tortura a 177 presos políticos, entre ellos 4 de los 6 firmantes de la ACJD”, denunció Moreno, quien está exiliada.

La abogada también recordó que el dictador realizó una “farsa electoral” en el 2021 en la que se le quitó a los nicaragüenses el derecho a elegir libremente”, sostuvo.

Recientemente, Daniel Ortega expulsó al monseñor Waldemar Stanislaw Sommertag, Nuncio Apostólico del Papa Francisco en Nicaragua y también echó a Thomas Ess, jefe de misión del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), instancia que jugó un rol de intermediario neutral, y sobre la base de sus principios de trabajo en la excarcelación de presos políticos en el 2019.

La dictadura, también presentó su “retiro de la OEA y denuncia de la Carta Democrática, como parte de su déspota violación a los Derechos Humanos de los nicaragüenses.

Desde el mes de febrero hasta la fecha, la dictadura canceló las personerías jurídicas de 17 universidades y más de 90 ONGs y en sus ataques directos a los medios de comunicación independientes cerró el diario La Prensa, dejando a Nicaragua sin periódico impreso, denunció Moreno.

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De igual manera, la dictadura aprobó un combo de leyes represivas que utiliza para reprimir y perseguir a la oposición, medios de comunicación, defensores de Derechos Humanos, periodistas y la sociedad civil, a quienes mantiene en las celdas del nuevo Chipote.

“El régimen de Ortega-Murillo debe cumplir con los acuerdos firmados comenzando con la liberación incondicional y con garantías de los más de 177 presos políticos bajo las reglas del debido proceso, que permita el cierre de las causas y anulación de las condenas”, finalizó la doctora María Asunción Moreno.

En los archivos del sitio web del oficialista “El 19 Digital” aún se conserva la nota de los acuerdos firmados que ha incumplido la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo.

Debido proceso y tutela judicial efectiva

1- Instar el cumplimiento del debido proceso y que se ejerza la tutela judicial efectiva, en procedimientos administrativos como judiciales, y garantizar el cumplimiento las sentencias firmes. Instar a que las autoridades correspondientes cumplan el mandato constitucional que establece que todo detenido tiene derecho: "A ser puesto en libertad o a orden de la autoridad competente dentro del plazo de 48 horas posteriores a su detención"

2- El Estado garantiza que nadie puede ser sometido a detención o prisión arbitraria, ni ser privado de su libertad, salvo causas fijadas por la ley con arreglo a un procedimiento legal, la detención solo podrá efectuarse en virtud de mandamiento escrito de juez competente o de las autoridades expresamente facultadas por la ley, salvo el caso de flagrante delito, todo de conformidad con Io que dispone el Artículo 33 de la Constitución Política y el procedimiento de la ley.

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El Estado garantiza que el domicilio solo puede ser allanado por orden escrita de juez competente, debiendo practicarse entre las 6 AM y las 6 PM, con las excepciones que la Constitución establece y siempre bajo el procedimiento legal vigente.

Derechos económicos

3- De conformidad al mandato Constitucional, garantizar el derecho irrestricto a todas las formas de propiedad, sin discriminación por motivos de nacimiento, nacionalidad, credo político, raza, sexo, idioma religión, opinión, origen, posición económica o condición

Seguridad y defensa nacional

4- Instamos a las autoridades se tomen las medidas necesarias para asegurar el desarme de quienes porten armas sin autorización o de quienes se organicen como grupos armados fuera del orden constitucional y legal. A efecto de mantener el Orden Público y la Seguridad Ciudadana, detener las actuaciones violentas o agresivas de cualquier persona o autoridad.

Exigimos al gobierno que cumpla con los acuerdos relativos a la liberación de personas privadas de libertad y el Acuerdo para fortalecer los derechos y garantías ciudadanas. ¡Que cumpla!#27DeMarzo #Nicaragua #SOSNicaragua #LibertadParaLosPresosPolíticos #Libertad #LibertadYa pic.twitter.com/AUfnHyx7IY — Alianza Cívica Nicaragua (@AlianzaCivicaNi) March 27, 2022

5- Instamos al Ejército de Nicaragua y a la Policía Nacional que cumplan con el registro y marcaje del armamento utilizado por cada institución de acuerdo a la ley de la materia.

Instamos a la Policía Nacional que ajuste sus normas de actuación a su propia Ley Orgánica y los "Principios básicos de Naciones Unidas sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley."

En especial se recuerda que el decomiso o intervención de dispositivos electrónicos sólo puede hacerse con la debida orden judicial.

Derechos de los nicaragüenses en el exterior

6- Todos los nicaragüenses en el exterior, en particular aquellos que se fueron en el contexto de los hechos a partir del 18 de abril del 2018, podrán regresar a su país con plenas tías y seguridad personal y familiar, de conformidad con las leyes y gozar de los beneficios que éstas les otorgan.

Derechos políticos

7- Garantizar el derecho de concentración, manifestación y movilización pública, en cumplimiento con la Constitución y las Leyes de la materia. Cumplidos los requisitos establecidos por la ley de la materia, la Policía Nacional autorizará el ejercicio de este

Asimismo, se reconoce que no requiere permiso previo el derecho de reunión pacífica, que no afecte la libre circulación de personas y vehículos y que no altere la normal convivencia de la población.

Se reconoce plenamente el derecho irrestricto de todos los nicaragüenses a la utilización respetuosa de la Bandera Nacional, de acuerdo a la Constitución y la ley de la materia.

8- Garantizar la constitución de organizaciones de cualquier índole, sin más restricciones que las que la Constitución Política y las Leyes de la materia establecen.

Revisar las decisiones adoptadas en relación a la cancelación de personerías jurídicas a asociaciones sin fines de lucro que se hayan cancelado en el contexto de los hechos ocurridos a partir del 18 de abril del 2018, a fin de lograr la restitución de sus personalidades jurídicas y la devolución de sus bienes, cuando así corresponda.

A tal efecto se insta a las autoridades judiciales competentes a agilizar el proceso planteado por los recursos de amparo introducidos en contra del decreto de la AN donde se mandaba a cancelar las personalidad jurídica de algunas asociaciones sin fines de lucro u ONG en el mismo contexto.

Derechos laborales

9- Garantizar a los trabajadores el derecho de participar en la gestión de las empresas por medio de sus organizaciones y de conformidad con la Ley.

Garantizar que ningún trabajador del sector público o privado sea despedido por razones de sus preferencias políticas de conformidad con la Constitución y las leyes en la materia. Instamos a ambos sectores a contribuir a la generación de nuevas oportunidades de empleo.

Libertad de expresión y de información veraz

10- El Estado garantiza el irrestricto derecho de libertad de expresión, el derecho de informar no puede estar sujeto a censura, ni los medios de comunicación podrán ser objeto de previa, ni uso de mecanismos que puedan transgredir Io establecido en la Constitución y la Ley o que puedan limitar el derecho a la información veraz y oportuna.

Debe garantizarse por el Estado el derecho a la importación de papel, maquinaria, equipos repuestos y refacciones para los medios de comunicación social, escritos, radial televisivos todo conforme a la Constitución y las Leyes Tributarias de la Nación.

Los medios de comunicación deben contribuir al desarrollo de la Nación.

Revisar las decisiones adoptadas por el Estado en relación a los bienes: instalaciones, activos, equipos, documentos, licencias y cualquier otro bien material e inmaterial perteneciente a los medios de comunicación afectados en el contexto de los hechos ocurridos a partir del 18 de abril del 2018 a fin de lograr la devolución de estos bienes cuando así corresponda, conforme la Constitución y la ley.

En consecuencia, se insta a las autoridades judiciales competentes a agilizar los procesos a efectos de devolver a sus legítimos dueños lo que en derecho corresponde.

Garantías procesales

I l- Recomendamos que las autoridades competentes procedan a la tramitación y agilización de los procesos de Exhibición Personal, Habeas Data y Amparo, cuyas resoluciones son de ineludible cumplimiento.

Autonomía Universitaria

12- Fortalecer el ejercicio pleno de la Autonomía Universitaria.

Derechos de los pueblos originarios y afrodescendientes de la Costa Caribe

A tres años de la firma de los Acuerdos en la Mesa de Negociación en marzo de 2019 sobre “liberación de presos políticos y fortalecimiento de los derechos y garantías ciudadanas”, el régimen de #OrtegaMurillo: @traficoni 👉 Encarcela y tortura a 4 de los 6 firmantes de la ACJD pic.twitter.com/R30dm9Dlhc — Maria Asuncion Moreno (@marimorecas) March 27, 2022

13- Los pueblos originarios y afrodescendientes de del pueblo nicaragüense, gozan de los mismos derechos y presente acuerdo

Definición de terrorismo y financiamiento al terrorismo

14- La Delegación de la Alianza Cívica solicita al GRUN revisar la existir entre la definición de terrorismo y del financiamiento al terrorismo Código Penal y los Instrumentos Internacionales suscritos por la República GRUN se compromete a revisar la antinomitr

Implementación

15- Las partes reconocen que el Estado Nicaragüense, sus poderes y demás institucion los órganos principales de la implementación de este acuerdo y que se comprometen, tal como es su deber constitucional según el artículo 6 de la misma, a realizar esta implementación en estricto cumplimiento con los principios constitucionales establecidos y siendo completamente fiel al espíritu de este acuerdo, bajo la supervisión y monitoreo de la Mesa de Seguimiento a la Implementación. Si los acuerdos aprobados por la mesa de negociación entran en conflicto con la legislación vigente, la mesa hará las gestiones pertinentes ante las autoridades para la reforma de la legislación concernida a fin de armonizarla con los principios constitucionales.

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16- El presente acuerdo expresa la voluntad política de las delegaciones de encontrar el camino de la reconciliación, la paz, la seguridad y la estabilidad. Su desarrollo e impacto en la vida de los nicaragüenses será una base imprescindible para lograr dichos objetivos. Su aplicación será parte integral del proceso que desde el ámbito de esta mesa de negociación se impulsa. Los sectores aquí representados nos comprometemos a impulsarlos con la mejor disposición. Será la sociedad quien se apropie del espíritu de este acuerdo y Io haga realidad.

17- Las partes acuerdan y garantizan que los puntos de este acuerdo que IO requieran serán aplicados mediante protocolos específicos, conforme ley. La aplicación será supervisada y monitoreada por la Mesa de Seguimiento con el acompañamiento de Garantes Nacionales y/o Internacionales.

18- La implementación del presente acuerdo iniciará a partir de su firma.

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