Estados Unidos sanciona a Camila Ortega Murillo, Edwin Castro, Ovidio Reyes y Julio Rodríguez
El Departamento del Tesoro de Estados Unidos sancionó a la hija de los dictadores Daniel Ortega y Rosario Murillo, Camila Ortega Murillo, el diputado sandinista Edwin Castro, Ovidio Reyes, presidente del Banco Central de Nicaragua y Julio Rodríguez Balladares del Ejército de Nicaragua. Las sanciones ocurren luego que Ortega ordenó el arresto de cuatro aspirantes opositores a la Presidencia y otros dos disidentes con la llamada "noche de los cuchillos largos".
Estados Unidos señala que la designación a Camilia Ortega Murillo es por ser funcionaria o por haberse desempeñado como funcionaria del Gobierno de Nicaragua en cualquier momento a partir del 10 de enero de 2007. "Camila Ortega es una asesora clave del Presidente Ortega y el vicepresidente Murillo, así como el Coordinador de la Comisión de Economía Creativa. También es hija del presidente Ortega y del vicepresidente Murillo. Desde 2011, Camila Ortega administra la estación de televisión Canal 13"
Además, EEUU indica que Camila Ortega es propietaria de un medio de comunicación familiar que "difunde propaganda estatal, mientras que el presidente Ortega utiliza las leyes fiscales y de gastos estatales para promover las estaciones familiares y exprimir a los medios independientes y rivales", señalan
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En el caso de Ovidio Reyes Ramírez, actual presidente del Banco Central de Nicaragua iondica que fue designado por ser funcionario del Gobierno de Nicaragua y por liderar la implementación de la nueva Ley para la Protección de Consumidores y Usuarios, que podría obligar a las instituciones financieras nicaragüenses a hacer negocios con personas designadas en Nicaragua con el riesgo de facilitar transacciones sancionables.
"Las instituciones financieras en Nicaragua que se niegan a cumplir con la ley pueden estar sujetas a acciones punitivas por parte del BCN alineado al régimen y la Superintendencia de Bancos, los implementadores de la ley, todo lo cual contribuye a la desestabilización de la economía de Nicaragua. La designación de hoy se aplica solo a Reyes; y BCN no ha sido designado", refieren.
En diputado y jefe de la bancada del partido Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), Edwin Ramon Castro Rivera fue designado por ser funcionario por ser "complice" al aprobar leyes represivas."Castro es diputado de la NNA y miembro de la Comisión Especial de Asuntos Electorales. El 4 de mayo de 2021, la NNA aprobó controvertidas reformas a la ley electoral. Las reformas no incorporaron la resolución de la Organización de los Estados Americanos de octubre de 2020 que pedía las reformas electorales necesarias para celebrar elecciones libres, justas y transparentes en noviembre de 2021"
"Las reformas institucionalizan leyes represivas que permiten al gobierno restringir la participación de los partidos políticos en la próximas elecciones y no prevén disposiciones para la observación electoral internacional. La ANN, de la que Castro es diputado, también nombró nuevos magistrados del Consejo Supremo Electoral, la mayoría de los cuales son leales al régimen que ya han reforzado el control del Consejo sobre el proceso electoral", agregan
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En el caso de Julio Modesto Rodríguez Balladares, quien es General de Brigada del Ejército de Nicaragua fue designado por ser funcionario del régimen "El ejército brindó apoyo a la policía y los paramilitares que abusaron de los derechos humanos de los manifestantes al atacarlos, lo que resultó en más de 300 muertes y daños físicos y psicológicos. Rodríguez también es el Director Ejecutivo de IPSM, el fondo de inversión pública del Ejército de Nicaragua. La designación de hoy se aplica solo a Rodríguez; e IPSM no ha sido designado", indican
Entre las implicaciones de las sanciones, Estados Unidos señala que las propiedades e intereses en la propiedad de estas personas que se encuentran en los Estados Unidos o en posesión o control de personas estadounidenses están bloqueadas y deben informarse a la OFAC.
Además, también se bloquea cualquier entidad que sea propiedad, directa o indirectamente, del 50 por ciento o más de dichas personas. Las regulaciones de la OFAC generalmente prohíben todos los tratos de personas estadounidenses o dentro (o en tránsito) de los Estados Unidos que involucren cualquier propiedad o interés en la propiedad de personas bloqueadas o designadas.
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