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Asilados políticos pueden ser patrocinadores de otros nicaragüenses que apliquen al "parole humanitario" de EEUU

Pueden servir como patrocinador una persona física o jurídica que represente a una entidad y debe tener un estatus legal como: Ser ciudadano estadounidense, nacional o residente permanente legal; Tener un estatus legal en los Estados Unidos, como estatus de protección temporal o asilo; o estar en libertad condicional, capacidad económica

Enero 06, 2023 09:41 AM
migrantes en muro fronterizo ciudad juarez

El Servicio de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos (USCIS), publicó este viernes más información sobre la aplicación para el "parole humanitario" destinado a nicaragüenses, cubanos, haitiano que se suman a los venezolanos, acogidos este programa desde octubre del año pasado.

Indican que a partir de este 6 de enero 2023, se puede enviar el Formulario I-134A, en línea y debe ser presentada esta solicitud por un patrocinador que declare el "apoyo financiero" y si es un patrocinador potencial de ucraniano o un miembro de su familia inmediata como parte de Unidos por Ucrania;  o  cubano, haitiano, nicaragüense o venezolano o su familiar inmediata "como parte de los Procesos para cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos", indica la información publicada en el sitio web.

¿Quién puede ser patrocinador o sponsor?

Reiteran que los patrocinadores con sede en EE. UU. iniciarán una solicitud en línea en nombre de un beneficiario designado, enviando un Formulario I-134A a USCIS para cada beneficiario, incluidos los niños menores.  

Los patrocinadores pueden ser personas que presenten una declaración de forma independiente, junto con otras personas o en nombre de organizaciones, empresas u otras entidades.  No se requiere una tarifa para presentar el Formulario I-134A. 

El patrocinador será examinado por el gobierno de los EE. UU. para protegerlo contra la explotación y el abuso y para garantizar que pueda apoyar financieramente al beneficiario al que acepta apoyar.

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Pueden servir como patrocinador una persona física o jurídica que represente a una entidad y debe tener un estatus legal como:

1.Ser ciudadano estadounidense, nacional o residente permanente legal.

2.Tener un estatus legal en los Estados Unidos, como estatus de protección temporal o asilo aprobado;  o estar en libertad condicional o recibir acción diferida o salida forzada diferida.

3. Aprobar la verificación de antecedentes y seguridad, incluso para la seguridad pública, la seguridad nacional, la trata de personas y las preocupaciones de explotación.

4.Demostrar suficientes recursos financieros para recibir, mantener y apoyar a la(s) persona(s) que están de acuerdo en apoyar durante la duración de su período de libertad condicional.

Para Irlanda Jérez, excarcelada política exiliada en Estados Unidos, es una "buena noticia" la activación del parole a partir de este 6 de enero. 

"Son buenas noticias para todos aquellos que necesitan reencontrarse con sus familias, que tienen la oportunidad de viajar legalmente" reiteró.

Los sponsor deben tener un record limpio y mostrar capacidad económica "una vez que se les emite el parole humanitario, recuerde que podrá vivir legalmente en Estados Unidos por dos años y si en esos dos años ustedes ven que no pueden regresar a su país de origen, pueden solicitar el asilo político, pero podrán estar dos años legalmente, podrán estar laborando en Estados Unidos" recordó Jerez. 

La organización Nicaraguan American Human Rights Alliance (NAHRA), expresó en un comunicado que reciben "con expectación y optimismo el programa de parole humanitario anunciado por el presidente Joe Biden"

Los patrocinadores deben estar dispuestos y ser capaces de recibir, mantener y apoyar al beneficiario que figura en el Formulario I-134A durante la duración de su libertad condicional.  Los ejemplos de los tipos de apoyo para los beneficiarios que los partidarios deben tener en cuenta al considerar su capacidad para cumplir con este compromiso incluyen:

1.Recibir al beneficiario a su llegada a los Estados Unidos y transportarlo al alojamiento inicial.

2. Garantizar que el beneficiario tenga una vivienda segura y adecuada durante la duración de su libertad condicional y las necesidades básicas iniciales.

3. Según corresponda, ayudar al beneficiario a completar la documentación necesaria, como la autorización de empleo, la tarjeta del Seguro Social y los servicios para los que puede ser elegible. 

4. Asegurarse de que se satisfagan las necesidades médicas y de atención médica del beneficiario durante la duración de la libertad condicional;  y  Según corresponda, ayudar al beneficiario a acceder a la educación, aprender inglés, asegurar un empleo e inscribir a los niños en la escuela.

Un patrocinador puede aceptar apoyar a más de un beneficiario, por ejemplo, para diferentes miembros de un grupo familiar, pero debe presentar un Formulario I-134A por separado para cada beneficiario.

Múltiples patrocinadores pueden unirse para apoyar a un beneficiario.  En este caso, un patrocinador debe presentar un Formulario I-134A y en la presentación incluir evidencia complementaria que demuestre la identidad y los recursos que proporcionarán los patrocinadores adicionales y adjuntar una declaración que explique la intención de compartir la responsabilidad para apoyar al beneficiario.  La capacidad de estos partidarios para apoyar a un beneficiario se evaluará colectivamente.

Biden:“No llegue a la frontera, quédese donde está”

El presidente de Estados Unidos Joe Biden anunció que los migrantes procedentes de Nicaragua, Cuba, Venezuela y Haití que lleguen a la frontera de EEUU de forma irregular, serán deportados inmediatamente sin derecho a presentar una solicitud de asilo político. 

"Si trata de salir de su país para llegar a EEUU, no llegue hasta la frontera, quédese donde esté y aplique al programa, si trata de entrar ilegalmente no será elegible" advirtió. 

Agrega "Puedo anunciar que México ha aceptado el regreso de 30.000 personas por mes que traten de entrar a la frontera sur".
 

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