Asamblea Nacional aprueba prisión perpetua para "crímenes de odio"
Con 70 votos a favor la Asamblea Nacional aprobó en segunda legislatura, la imposición de cadena perpetua en Nicaragua para quienes cometan “crímenes de odio”. Los diputados sesionaron en Ciudad Darío, Matagalpa con motivo de la conmemoración del 154 aniversario del nacimiento del poeta Rubén Darío.
Los diputados sandinistas controlados por el dictador Daniel Ortega nuevamente se impusieron junto a sus aliados, para reformar el artículo 37 de la Constitución Política.
La reforma al artículo 37 ahora se lee de esta manera: "La pena no trasciende de la persona del condenado. No se impondrá pena o penas que aisladamente o en conjunto duren más de 30 años. Excepcionalmente se impondrá la pena de prisión perpetua revisable para la persona condenada por delitos graves, cuando concurran circunstancias de odio, crueles, degradantes, humillantes e inhumanas que por su impacto causen conmoción, rechazo, indignación, repugnancia en la comunidad nacional. La ley de la materia determinará y regulará su aplicación" dice el texto aprobado.
Tras la aprobación el sancionado diputado y Presidente de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, Gustavo Porras dijo que la votación fue "democrática" y llamó a "defender el derecho de aquellos que se abstuvieron, igual defender el derecho de aquellos que votaron en contra y defender el derecho de la mayoría que votamos a favor" de dicha reforma cuestionada porque apunta a ser aplicada a los opositores que el régimen considere que cometen "crímenes de odio".
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¿Qué implica la incorporación de la prisión perpetua en Nicaragua?
La Doctora María Asunción Moreno, miembro de la Alianza Cívica por la Justicia y la Democracia considera que esta reforma se suma a las leyes de "corte autoritario, que van dirigidas no a restringir, sino que a eliminar (...) los derechos individuales, derechos sociales y derechos políticos establecidos en nuestra Constitución política y en Tratados de derechos humanos".
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Moreno considera que el Estado como tal viola principios universales en derechos humanos como la "no regresión".
"Una vez que los Estados aprueban y firman tratados internacionales como de derechos humanos donde se establecen garantÍas o concepciones humanitarias como por ejemplo el que tuvieramos una pena de 30 años de prisión y no pena de muertes como otros países o cadena perpetua, viene a obedecer a una concepción en materia de derechos humanos con una visión humanitaria y respetuosa del ser humano" aseguró la Doctora Moreno.
Moreno explicó que tras esta aprobación, viene una reforma al Código Penal de Nicaragua "porque hasta el día de hoy no existe ningún delito que tenga esta pena. Seguramente se hará una reforma al código penal, ahí vamos a tener con mayor claridez cuál es esa concepción que hemos escuchado en discursos del gobierno de crímenes de odio".
Las opciones legales que están a mano para tratar de revertir la incorporación de la prisión perpetua, es denunciar este retroceso y transgresión a los derechos humanos, sugirió Moreno.
"Este tipo de pena de prisión perpetua no obedece a este tipo de finalidad que la misma Constitución, le otorga al Sistema Penitenciario que dice que es humanitario y de rehabilitación social de tal forma que lo primero que uno se plantea es que ¿si se podrá recurrir por inconstitucionalidad una reforma constituiconal? pero lo que está más claro es el camino hacia el sistema interamericano a donde se debe informar a la Comision interamreicacana y la Corte, para denunciar que el Estado está incumpliendo acuerdos en derechos humanos" argumentó la Doctora María Asunción Moreno.
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