Precio del papel sellado se eleva en el mercado y escasez aumenta
Abogados y notarios públicos resienten cada vez más la escasez de papel de testimonio, conocido como papel sellado en Nicaragua, que es utilizado para legalizar escrituras, tramitar poderes, certificados de notas y diversas gestiones legales. Los principales afectados son los usuarios que deben pagar hasta 10 veces más el precio real del producto.
El papel sellado que cuesta 15 córdobas, en la reventa se está vendiendo entre 100 y 150 córdobas, el precio es incluido en los costos de servicios profesionales de abogados y notarios a usuarios. El timbre fiscal que vende la DGI en 70 córdobas, en la calle o en reventa se ofrece hasta en 140 córdobas.
“La escasez de papel sellado se venía sintiendo a finales del año y se ha acrecentado en este inicio de año. Esto afecta económicamente a los notarios porque no podemos brindar nuestros servicios y también a los usuarios, pero el mayor perjudicado es el propio Estado porque deja de percibir ingresos a través de instituciones como la Dirección General de Ingresos (DGI) y a las que van dirigidas los documentos”, explicó Marvin Mora presidente de la Asociación de Abogados de Rivas.
“La venta de papel sellado ha sido intermitente y en una ocasión me vi obligado a comprar de reventa una hoja en 500 córdobas para no perder un juicio y creo que como intermediarios de la justicia siempre deberíamos de tener acceso al papel sellado”, sostiene.
DGI NO ACTÚA
La Dirección General de Ingresos (DGI) no ha explicado a qué se debe la poca emisión de papel sellado en el país y algunos sindicalistas sostienen que es intencional.
Marvin Mora afirma que a esta escasez de papel sellado es algo a lo que se debería prestar atención, es una cadena que afecta a abogados, usuarios y la recaudación tributaria de las instituciones en las que se realizan los trámites.
Detalla que esta escasez afecta a clientes que solicitan escrituras de compraventa de propiedad o vehículos, certificados de soltería, libertad de gravamen y hasta estudiantes que demandan certificados de notas, entre otros.
El articulo 5 de la Ley de Timbres y Papel Sellado de Nicaragua establece que “deberán escribirse precisamente en papel sellado que proveerá el Estado”.