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Lucha de las asistentes del hogar por trato y salario justo en Nicaragua

Diciembre 06, 2021 11:49 AM

Después de nueve meses de lucha, Karla se verá cara a cara con su antiguo empleador en los juzgados. La violencia económica de las asistentes del hogar es una epidemia silenciosa. Expertos explican como calcular aguinaldo y otras prestaciones sociales de estas trabajadoras. 

Cuando Karla Delgado empezó como trabajadora doméstica tenía 13 años. La situación de pobreza la obligó a realizar trabajos de servicio en diferentes hogares a temprana edad y así conoció a su ex empleador.

“A mi exjefe lo conocí desde pequeño porque, primero le trabajé a su mamá y después de 20 años me contrató como niñera de su hijo que estaba recién nacido. Le trabajé tres años y medio”.

Aunque inicialmente Delgado fue contratada como niñera cuenta que también cocinaba, lavaba y planchaba. Su jornada laboral iniciaba a las siete de la mañana y finalizaba a las siete y media de la noche de lunes a viernes, los sábados su salida era a las tres de la tarde.

“Trabajaba por el colegio Lincoln en Las Colinas y me regresaba a pie hasta la universidad UNICA, yo vivo a la par. Mis jefes no me daban para el transporte ni tampoco me iban a dejar a la casa, recuerdo que mis hijas siempre me llegaban a encontrar por la carretera a Masaya”.

Karla Delgado es madre de tres hijas, dos de ellas estudian en la universidad. Cuenta que su rutina cambió con la llegada de la pandemia a petición de sus patrones pasó a trabajar año y medio con “dormida adentro” por el mismo salario de siete mil córdobas mensuales. 

“Por el virus pasé a trabajar con dormida adentro. Yo entraba lunes y salía viernes, recuerdo que mientras ellos se iban al cine o a pasear o a fiestas yo me quedaba con el bebé, al que le tomé mucho cariño”

Sin embargo, en abril pasado, esta asistente del hogar fue despedida a través de un mensaje de WhatsApp enviado por su antiguo empleador, quien supuestamente la acusó de hurto. 

“El día de hoy me llevo una gran decepción al confirmar que la persona que conozco desde hace más de 25 años ha estado robando artículos y prendas de vestir de mi casa”, continúa parte del texto del despido oficial. “Lo que hiciste se llama hurto y es penado en este país”.

A Karla de 46 años, el mensaje le cayó como un balde de agua fría. No podía creer que estuviera siendo acusada después de tres años y medio de trabajar con la familia a quien había visto crecer dos generaciones y cuando intentó pedir explicación de su despido solo encontró amenazas.

Ella, solicitó información sobre su liquidación y su exjefe remató que no merecía tal derecho. Karla solo pensó en defenderse y le expresó que llevaría su caso ante el Ministerio del Trabajo (Mitrab), pero él, no lo tomó a bien y la amenazó con una contra demanda por “ladrona”.

“Anda al Mitrab, yo no tengo ningún problema. Tengo todo el tiempo del mundo de llevar el caso legal con vos. Poniendo tu denuncia en el ministerio yo pongo la mía en los juzgados civiles por robo”, se lee en la captura que forma parte de la evidencia.

“Nos vemos en los juzgados”

El doctor José Antonio López se ha especializado en temas laborales y de seguridad social. Por más de una década ha llevado casos de trabajadoras domésticas como el de Karla ante el Mitrab. 

Hace nueve meses conoció del caso de Karla Delgado y no dudó en darle acompañamiento legal.

“Estamos solicitando el pago de indemnización por antigüedad, décimo tercer mes proporcional, vacaciones proporcionales, más el pago del 50% por dormida adentro y estamos pidiendo que declare el empleador porque ella (Karla) alega que cuando salían de la casa se quedaba cuidando al niño y aparte de ser asistente del hogar, era niñera”, agregó López.  

“Nos vemos en los juzgados”, le dijo Delgado, tras acusarla de hurto el pasado abril. En ese momento para Karla esa y otras frases la hirieron porque le parecían una humillación, sin embargo, ahora agradece que el Poder Judicial haya hecho eco de su caso y fijara el 16 de diciembre como fecha para la primera audiencia y sí, ambos se verán las caras.  

El doctor López dice que anteriormente el demandado se presentó ante el Mitrab y dijo que solo se limitaría a pagar 20 mil córdobas. 

“Nosotros le explicamos que ella ganaba siete mil córdobas, trabajó por más de tres años y es un mes de salario por cada año trabajado”.

De acuerdo con el Código del Trabajo, Ley 185, en el capítulo cuatro señala que los derechos laborales son irrenunciables y los contratos pueden ser verbales o por escritos. Para temas laborales, hay un contrato laboral si existe remuneración, subordinación y dependencia.

En Nicaragua, la mayoría de las contrataciones de las asistentes del hogar se dan de forma verbal, no obstante, la ley aclara que tienen derecho a todas las prestaciones sociales. 

En el caso de las trabajadoras internas o con dormida adentro, como popularmente se les conoce deben recibir además del salario, alojamiento y alimentación.  

Karla reconoce que se sintió discriminada cuando según ella, su ex empleador le reafirmó que tenía dinero y abogado para que cayera presa. 

“Cuando me corrieron, ni mis cosas personales me permitieron sacar y como trabajaba con dormida adentro, ahí quedó toda mi ropa porque me dijeron que la llevarían hasta mi casa”.  

Violencia económica

Antes de trabajar como asistente del hogar en Managua, Gloria, estudió dos años enfermería. Debió interrumpir sus estudios al convertirse en mamá. Es madre soltera. Le gustaría continuar estudiando, pero la situación a penas le permite “medio comer”. 

Gloria trabaja en casa de unos abogados capitalinos que habitan en un condominio exclusivo de Santo Domingo, desde hace dos años. 

Inicialmente, fue contratada como niñera por cinco mil córdobas, pero con la pandemia del Covid-19, sus jefes pasaron a trabajar en línea sin salir de casa y ella además de cuidar de los niños debe atender los oficios del hogar y preparar la comida para sus patrones.

En los últimos días, Gloria perdió la fe en ver un aumento. Dice que su compañera que cuida a los padres de sus jefes sale a diario y gana lo mismo que ella. “Ni para los pasajes le dan”. 

Dentro del condominio, Gloria ha conocido casos de otras compañeras que por la pandemia del Covid-19 se les han negado la salida para ver a su familia, algo que ella llama esclavitud. 

“Hay una señora que tiene casi un año de no salir, el 11 de diciembre es su salida y tendrá 4 días libres, nada más”.

Mientras Gloria cuida de 3 niños ajenos, su hijo sufre su ausencia y es su madre quien se lo cuida en La Concepción, municipio de Masaya de donde es originaria. “Mi niño tiene solo 5 añitos y me pide que deje de trabajar porque se aflige estar solo, pero yo me esfuerzo por darle un mejor futuro”.

Para el abogado Rubén E. Arriola, en estos casos hay una evidente violencia en la economía de estas mujeres, que en su mayoría tienen salarios por debajo de la tabla del salario mínimo que es de 6,518 córdobas, conforme la Ley 625, contemplado en el acuerdo ministerial del salario mínimo 2021 en el artículo 12. 

Este experto del derecho reprende a sus colegas como conocedores de la ley.
 
“Se vuelven violadores de la misma ley”
, sin embargo, explica que no se eximen al “delito de omisión”.

Arriola coincide con López que muchas veces las asistentes del hogar son desacreditadas y discriminadas para no pagarles sus prestaciones sociales e incluso las despiden y luego las vuelven a llamar con sueldos por debajo del salario mínimo.

Una psicóloga feminista consultada para esta especial que pidió hablar bajo reserva, cuenta que se necesita consciencia social sobre lo que vale realmente el trabajo doméstico y la brecha no solo está en el área económica también es afectiva, por tanto, lo mínimo que merecen es un trato y salario justo.

“Sos una trabajadora, aunque seas de otro municipio. Sos una persona dedicando tu tiempo y renunciando a estar con los tuyos y cuidar de vos mismas como mujer, debería de haber más conciencia crítica de quienes contratan para dar un mejor trato, un salario justo y otros beneficios que tengan derecho a tener horas y días libres por la sobrecarga de toda la semana”.

Agrega la especialista que se deben mejorar las condiciones para estas asistentes del hogar, pero se requiere voluntad en el entorno par a lograr un cambio.

“Las que cuidan están haciendo un trabajo del cual la familia se desatiende y no se hace cargo y hasta es considerado como un estorbo, por duro que se escuche. La familia no tiene paciencia ni comprensión humana. Estas mujeres aportan y van más allá para que esas personas que les pagan puedan salir a divertirse, ganar su propio dinero y hacer lo que les gusta”.

¿Cómo calcular el aguinaldo? 

Mientras Karla Delgado laboró como asistente del hogar para su ex empleador, relata que jamás recibió el salario completo del treceavo mes conforme lo establecido en la ley porque siempre se lo pagaban en dos cuotas. “Siendo un empresario reconocido me decía que no tenía dinero para pagarlo de un solo, pero cuando me despidió me restregó su dinero para hacerme sentir mal”.

El doctor López detalla que, según la ley, el aguinaldo para las mujeres que trabajan internas en el hogar es distinto, ya que permite que se les reconozca un 50% más al sueldo que le corresponde como un reconocimiento, puesto que ellas no ganan horas extras. Es decir, salario y medio. 

Añade que cuando ocurre una ruptura de relación laboral, la trabajadora debe ser liquidada con el pago de sus vacaciones, antigüedad y aguinaldo. Cuando la persona tiene menos del año el pago del aguinaldo se hace proporcional conforme lo que designe el Mitrab. Mientras tanto, Gloria sospecha que no habrá aguinaldo para ella este año.

“Ni siquiera nos han dado la canasta navideña y ni señales de humo hay del aguinaldo”, se lamenta.  “Según el artículo 95 del Código del Trabajo, todo trabajador tiene derecho a que el empleador le pague un mes de salario en concepto de aguinaldo entre el 1 al 10 de diciembre”, recuerda el litigante. “Artículo 86 del Código del Trabajo referente al salario, por cada dos semanas de retraso del pago de salario se debe pagar el 10% del salario pactado”, agregó López. 

Andrea Guido es una madre de familia y reconoce la importancia de una asistente del hogar. Cuenta que al momento de cancelar las prestaciones sociales a su antigua empleada tuvo sus dudas porque solo le trabajó un mes, pero se puso a investigar y supo que debía pagar vacaciones y aguinaldo proporcional por los 30 días laborados. 

“Me dijeron que esa cantidad de su sueldo la debo dividir entre 12 y ese es el pago proporcional por mes y le sumo 2.5 de vacaciones”.

A Guido un experto le explicó que cuando se contrata a una persona con dormida adentro, se paga el treceavo mes completo más un 50% adicional. “Por ejemplo si yo pago 6 mil córdobas, el aguinaldo que deberá recibir mi trabajadora como interna es de 9 mil córdobas”, señaló.

Andrea se esfuerza por ser una empleadora justa, aunque en los últimos años no todas sus experiencias con las domésticas han sido favorables. 

Es ingeniera de profesión recuerda que cuando salió embarazada de su hijo mayor fue despedida de su antiguo empleo. Desde entonces se ha dedicado al cuidado de sus tres hijos, pero admite que el trabajo de la casa es demandante y una sola persona no puede con todo.

Por ello, recurre a la asistencia de otras mujeres, sin embargo, sus ingresos no le permiten contratarla con dormida adentro y cumplir con todas las obligaciones que la ley le asigna. 

“Yo sé que los quehaceres del hogar sí son un trabajo y como tal merecen la justa remuneración, de igual manera, espero que quien trabaje conmigo sea acorde y me demuestre su disposición para trabajar con ánimo en aras que nos ayudemos todos”.

Recientemente, Guido contrató a otra asistente del hogar, quien también le trabajará solo un mes porque su avanzado estado de embarazo le impide continuar. “Mi asistente me contó que trabajó muchos años para una señora, pero la despidió cuando conoció que se embarazó y yo me identifiqué con ella porque también fui discriminada en el pasado por esta misma razón”.

Sin seguro social

Se estima que en Nicaragua el 99.9% de las mujeres que brindan su servicio como asistentes del hogar no han sido inscritas al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS). 

Karla Delgado, Gloria y la chica embarazada,  son parte de estas asistentes del hogar que no engrosan la lista de cotizantes.

A los tres meses de laborar en la vivienda de su ex empleador, se cayó y como no estaba asegurada acudía al servicio público en el hospital Manolo Morales y en otras ocasiones iba a una clínica de Esquipulas donde pagaba 100 córdobas la consulta adicional al costo de medicamentos.

“Yo le pregunté a mi patrón por qué no me pagaba seguro, pero me decía que él si podía hacerlo, sin embargo, yo perdería más porque el INSS solo me iban a dar acetaminofén”.

Por su parte Gloria, se pregunta un tanto decepcionada: ¿Para qué un seguro? 

“Yo creo que no vale la pena pagar seguro. En las clínicas te roban porque ni medicamentos te dan. Aunque me gustaría cotizar por mi niño, me desanima por la crisis y más con este gobierno”.

En este sentido, el profesional del derecho, José López, insiste en explicar que en el artículo 5 de la ley del reglamento de seguro social dice que cualquiera que sea la relación laboral el empleador debe asegurar a su trabajador y cuenta con 72 horas para hacerlo. El artículo 121 del código del trabajo dice que si el trabajador fallece o queda incapacitado por un accidente laboral y no está inscrito a la seguridad social el empleador debe pagar 620 días multas. 

Aunque a criterio de López, es compresible que, estas trabajadoras se vean desmotivadas por “tantas irregularidades que han pasado con el INSS”, les aconseja que vean el asunto a futuro. “Tal vez lo ven en el momento, pero cuando lleguen a la vejez por lo menos si no cumplieron las 750 cotizaciones, entra a la pensión reducida y le servirá para comprar una pastilla”.

Por lo tanto, las asistentes del hogar que consideran que sus derechos han sido violentados tienen derecho a reclamar por la vía judicial, no obstante, son muy pocas las mujeres que llevan el proceso hasta el final. 
Karla cuenta los días para ir a juicio.  

“Yo me refugié en Dios y sabía que me iba a hacer justicia, porque yo decidí pelear hasta las últimas consecuencias. Yo soy de escasos recursos, pero necesito mi dinero y me lo he ganado con mi trabajo. Este señor tiene la maña de acusar a los empleados de ladrones yo no soy la primera, pero ojalá sea la última”.

El Código del Trabajo dice que para reclamar al empleador cuando hay un accidente laboral es de dos años y para reclamar derecho a prestaciones laborales es de un año. 

“Si fue hace más tiempo, pero usted ha estado enviando cartas, mensajes y gestionando ante las autoridades competentes el tiempo no prescribe, dice la ley”, alentó López.

Para Alexander Guevara, expertos en temas de educación, es importante que en la medida de lo posible se conozca sobre las leyes laborales. Aunque los contratos sean hechos a manos, recomienda solicitarlos ya que esto da seguridad tanto al que contrata como a la persona contratada. “Es importante identificar puntos de apoyo legal y crear redes de apoyo entre otras mujeres que se desempeñen en el mismo sector laboral”.  

Para este reportaje 100%Noticias buscó la versión del antiguo empleador de Karla y se limitó a responder vía telefónica que su caso ya estaba en proceso judicial, confirmó que el próximo 16 de diciembre será la primera audiencia y pidió que se respetara el mismo sin intervención mediática.

“Yo como contraparte le pido que no sea negligente en dar información que no es nada fidedigna, ni real que lleva un proceso judicial, bien delicado porque la señora robó pertenencias de mi casa de mi propiedad, lo cual está documentado, pero yo no voy a entrar a una guerra mediática con ella porque no tengo ninguna necesidad. La guerra la voy a ganar en los juzgados como estamos haciendo ahorita, lo que está haciendo esta señora son patadas de ahogados con ustedes”.

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