CPDH interpone recurso por Inconstitucionalidad en contra de la Ley cadena perpetua
Abogados de Comisión Permanente de Derechos Humanos se presentaron a las instalaciones de la Corte Suprema de Justicia para interponer recurso por Inconstitucionalidad en contra de la Ley 1058, Ley que reforma el código penal y da lugar a la cadena perpetua.
“Nosotros estamos poniendo un recurso de inconstitucionalidad por la ley 1058 que es la ley que reformó el código penal en varios aspectos en cual están relacionados a la prisión perpetua revisable, esta ley viene a crear una confusión o situación de aplicabilidad que daría facultades a las autoridades de hacer una interpretación analógica la que esta prohibida por la ley” dijo la doctora María Oviedo.
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Por su parte el asesor legal de la CPDH, Pablo Cuevas, manifestó que “estas leyes vulneran los derechos humanos de los nicaragüenses, en este sentido no podemos quedarnos callados, nosotros estamos aquí utilizando este recurso para señalar que esta ley tiene un roce con varios artículos de la constitución, y estas reformas son utilizadas para castigar a las personas que so críticas a las autoridades actuales en el país”, agregó Cuevas.
El documento de inconstitucionalidad emitido por los abogados de la CDPH, fue recibido tras una hora de espera “ya fue interpuesto formalmente ahora a esperar los 120 dias que contempla ley para respuesta, como refería esto nunca lo cumple y posiblemente este recurso pase engavetado, pero nosotros como Comisión Permanente de Derechos Humanos vamos documentando cada una de las violaciones a los derechos humanos, de pueblo de Nicaragua” señaló el abogado Evert Acevedo.
Aprueban cadena perpetua
El pasado 10 de noviembre los diputados en la Asamblea Nacional, dominada por sandinistas, aprobaron con 70 votos a favor, 15 en contra y 3 abstenciones la prisión o cadena perpetua en Nicaragua para delitos que el régimen de Daniel Ortega considere son "delitos de odio". La aprobación se hizo en esta primera legislatura.
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La reforma al artículo 37 de la Carta Magna se leerá así: Artículo 37. La pena no trasciende de la persona del condenado. No se impondrá pena o penas que aisladamente o en conjunto duren más de 30 años.
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