RENACER prioriza sanciones para miembros del Ejército de Nicaragua y familia Ortega Murillo
La Ley de Reforzamiento de la Adherencia de Nicaragua a las Condiciones para la Reforma Electoral (RENACER), que es una iniciativa bipartidista en el Senado de los Estados Unidos, prioriza entre sus objetivos sanciones económicas de restricción de préstamos del BID, FMI, BM y sanciones individuales para más miembros de la familia del dictador en Nicaragua, Daniel Ortega, así como para miembros del Ejército.
La Ley, faculta al Presidente de Estados Unidos, Joe Biden a implementar sanciones para aquellas "personas extranjeras que obstruyan directa o indirectamente el establecimiento de las condiciones necesarias para la realización de elecciones libres, justas y transparentes en Nicaragua".
La ley prioriza para sancionar a:
"Funcionarios del gobierno del presidente Daniel Ortega; familiares del presidente Daniel Ortega; miembros de la Policía Nacional; miembros de las Fuerzas Armadas de Nicaragua (Ejército); miembros del Consejo Supremo Electoral de Nicaragua; miembros del partido y funcionarios electos del Frente Sandinista de Liberación Nacional y sus familiares; personas o entidades afiliadas a empresas involucradas en transacciones financieras corruptas con funcionarios del gobierno de presidente Daniel Ortega, su partido o su familia; e individuos identificados en el informe requeridos por la sección 8 como involucrados en actos de corrupción pública en Nicaragua" detalla el proyecto de Ley RENACER.
La Ley RENACER también incluye:
Ampliar la supervisión de los préstamos de las instituciones financieras internacionales a Nicaragua y reafirma la exención legal existente para proyectos humanitarios; Alinea la diplomacia estadounidense y las sanciones específicas para promover elecciones democráticas; Requiere coordinación de sanciones con Canadá y la Unión Europea; Agrega a Nicaragua a la lista de países centroamericanos sujetos a restricciones de visa relacionadas con la corrupción;
RENACER requiere informes clasificados sobre la corrupción perpetrada por el gobierno y la familia del presidente Ortega, así como sobre las actividades del gobierno ruso en Nicaragua.
En 60 días después de promulgada la ley, el Secretario del Estado, actuando a través de la Oficina de Inteligencia e Investigación del Departamento de Estado, y en coordinación con el Director de Inteligencia Nacional, deberá presentar informes clasificados al comité correspondiente del Congreso sobre actos importantes de corrupción pública en Nicaragua que involucran:
(A) el presidente de Nicaragua, Daniel Ortega;
(B) miembros de la familia de Daniel Ortega; y
(C) altos funcionarios del gobierno de Ortega, incluyendo a miembros del Consejo Supremo Electoral, Fuerzas Armadas de Nicaragua, y la Policía Nacional de Nicaragua; funcionarios electos del partido Frente Sandinista de Liberación Nacional, que amenace la seguridad de Estados Unidos y estabilidad regional, que impidan la realización de elecciones libres, justas y transparentes en Nicaragua; y que violen las libertades fundamentales de la sociedad civil y opositores políticos en Nicaragua.
Los informes clasificados también deben incluir información sobre abusos a los derechos humanos cometidos por las fuerzas de seguridad nicaragüenses en comunidades rurales e indígenas.