Asamblea Nacional aprueba leyes que amplía sanciones a bancos y empleados en Nicaragua

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Agosto 24, 2021 11:15 AM

Los diputados sandinistas aprobaron con 70 votos a favor y 9 abstenciones tres reformas que envió Daniel Ortega con trámite de urgencia a la Asamblea Nacional. Las leyes modificadas otorgan mayores facultades a la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras (SIBOIF) para “supervisar” e imponer sanciones a los bancos y a funcionarios que “alteren” u “oculten” información a la Siboif.

La primera reforma aprobada fue a la Ley No. 316, Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras (SIBOIF), la cual amplía el espectro de la figura de la prevención del riesgo de lavado.

“Aprobar normas generales que aseguren el origen lícito del capital de las instituciones financieras y para prevenir el lavado de activos, financiamiento al terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva dentro del sistema financiero bajo su supervisión”, indica la reforma al artículo 10 numeral 5 de la Ley No. 316.

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La segunda reforma aprobada en lo general fue la Ley No. 561 Ley General de Bancos e Instituciones Financieras no bancarias y grupos financieros, la cual establece ampliar las sanciones a esas entidades y a sus funcionarios.

La legislación modificada establece multas al director, representante, gerente, ejecutivo principal, funcionario, administrador de prevención de los riesgos, auditor interno o cualquier otro empleado de una institución bancaria "que divulgue o informe al cliente que su transacción está siendo analizada o considerada para un posible reporte de operación sospechosa de lavado de dinero, o que le informe que se presentará o se presentó dicho reporte".

También a los que alteren o desfiguren datos o antecedentes en los balances, libros, estados, cuentas, correspondencia u otro documento cualquiera o que oculten o eviten que se conozca de los mismos o destruyan estos elementos, con el fin de dificultar, desviar o eludir la fiscalización, supervisión o inspección, según el proyecto.

La tercera reforma aprobada fue la Ley No. 587 Ley de Mercado de Capitales en la que se modificaron los artículos 187, 188 y 212.

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Las tres leyes reformadas fueron aprobadas con 70 votos a favor por la aplanadora sandinista, las legislaciones no se sometieron a ningún debate, tampoco se propuso ninguna modificación a las leyes. 

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