Iglesias en Nicaragua deberán pagar impuestos, advierten que no podrán sostenerse financieramente
Tras la derogación del numeral 3 del artículo 32 de la Ley de Concertación Tributaria que protegía a las iglesias e instituciones religiosas del pago del Impuesto sobre la Renta (IR) de actividades económicas. La investigadora exiliada Martha Patricia Molina advierte que no existirá capacidad financiera para sostener los proyectos sociales y parroquias.
Según Molina, el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo buscan ahogar financieramente a la iglesia con ese "zarpazo" fiscal.
“Con esta acción arbitraria, la dictadura Ortega-Murillo "legaliza" lo que estaba realizado de facto y que hace algunos meses habíamos denunciado porque se me notificó que a varias iglesias se les estaba cobrando impuestos”, dijo Molina a 100%Noticias.
Recordó que meses atrás los periodistas le preguntaron al cardenal Leopoldo José Brenes sobre el ese pago de facto y él había asegurado que era un tema resuelto.
“Ahora, toda iglesia independientemente de su denominación deberá pagar impuestos. Con ese "zarpazo" fiscal terminará de ahogar financieramente a la iglesia para que caiga por su propio peso”, enfatizó.
Molina explicó que semanas antes autoridades del régimen habían visitado parroquias para solicitar información “cómo llevan sus cuentas, pidieron ver los libros mayores y menores, ingresos y egresos que obviamente la administración parroquial no se lleva así. Ahora los curas tendrán que contratar a un CPA para que lleve todas estas cuentas y decir también quiénes son sus principales donantes”.
Antes de la reforma, el numeral 3 del artículo referido a las exenciones subjetivas, establecía que estaban exentos del pago del IR: “Las iglesias, denominaciones, confesiones y fundaciones religiosas que tengan personalidad jurídica, en cuanto a sus rentas provenientes de actividades y bienes destinadas exclusivamente a fines religiosos”.
Con la nueva modificación, las iglesias deberán declarar sus ingresos los cuales incluyen ofrendas, diezmos, limosnas y otros flujos, quedarán sujetas al pago del IR, donde hay tasas de entre 10 y 30%, según el ingreso anual que se vaya a declarar.
Cabe señalar que las ofrendas, diezmos y limosnas son uno de los principales flujos de ingresos de los templos y parroquias en el país.
En los últimos meses algunas iglesias han denunciado que la Dirección General de Ingresos (DGI) y la Alcaldía de Managua las han obligado a pagar impuestos.