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Asunción Moreno explica por qué los juicios a opositores son nulos de inicio a fin

La doctora María Asunción Moreno observó al menos 10 puntos en los que se cometen las arbitrariedades de las que los mismos jueces son partícipes.

Febrero 05, 2022 02:45 PM

La doctora María Asunción Moreno, jurista, académica miembro de la Alianza Cívica por la Justicia y la Democracia, explicó que los procesos penales realizados a los presos políticos en Nicaragua son “nulos de inicio a fin” porque se han presentado una serie de irregularidades que rayan en la ilegalidad.

Moreno observó al menos 10 puntos que hacen estos juicios totalmente nulos desde la detención hasta las sentencias que imponen los judiciales afines al régimen de Daniel Ortega..

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“Las detenciones se ejecutaron sin informar la causa o razones de detención e incluso sin orden o mandamiento judicial como lo exige la Constitución en el Artículo 33 numeral 2.1”, señaló Moreno durante el programa 100% SUPERCHATS de 100% NOTICIAS.

Otra de las irregularidades cometidas por el sistema de justicia sandinista es que los reos políticos pasaron incomunicados hasta por 80 días con sus familiares siendo sometidos a “audiencias secretas” y durante el tiempo de incomunicación “estuvieron prácticamente desaparecidos”, además de ser acusados bajo “leyes inconstitucionales” ( Ley 1055 y 1060). 

“Las acusaciones presentadas por la Fiscalía presentan graves inconsistencias técnicas al narrar hechos que no constituyen delito (violación del principio de legalidad)”, sostuvo.

“Chipote no es centro de juicios”

La experta en derecho explicó que otra de las ilegalidades cometidas por el poder judicial sandinista de Nicaragua es que están juzgando a los presos políticos en las instalaciones del complejo policial Evaristo Vásquez, conocido como “El Chipote”.

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“El lugar donde se realizan los juicios, es un centro de detención y no una sede judicial, al respecto, el art. 121 del Código Procesal Penal (CPP) señala que  “Los tribunales actuarán en su propia sede; sin embargo, deberán trasladarse para la práctica de aquellas diligencias que requieran su presencia a cualquier lugar de su competencia territorial”, recordó Moreno, quien se encuentra en el exilio por las amenazas del régimen de ser encarcelada.

“El Chipote no es sede judicial y por lo tanto, no presta condiciones para garantizar independencia e imparcialidad judicial y el libre ejercicio de la defensa. El Chipote no es una sede judicial, es una cárcel de torturas”, afirmó.

“También se ha violado el principio de publicidad de los procesos reconocido en el Artículo 34 de la constitución (Cn) el cual establece que: “Toda persona en un proceso tiene derecho, en igualdad de condiciones al debido proceso y tutela judicial efectiva (…) El proceso judicial deberá ser oral y público. El acceso de la prensa y público en general podrá ser limitado por consideraciones de moral y orden público.  El lugar está lleno de antimotines con el objetivo de impedir el acceso a los familiares y medios de comunicación. El ingreso de un familiar no lo hace público”, explicó la abogada.

No existe delito

María Asunción Moreno detalló que los señalamientos imputados a los presos políticos no están contemplados como delitos dentro de las leyes de la República de Nicaragua, lo que hace nulo el proceso judicial.

“El mismo Artículo 34 numeral 3  de la Constitución establece como una garantía del debido proceso el derecho “a ser sometido al juicio por jurados en los casos determinados por la ley”. Los juicios secretos que se realizan en el centro de detención El Chipote están siendo celebrados por un juez técnico que no tiene competencia para juzgar los cargos que se imputan ya que la  “Conspiración para cometer menoscabo a la integridad nacional.” no figura en la lista de delitos del Artículo 565 CP, por lo tanto, corresponde a un Tribunal de jurado el que debe juzgar el delito previsto en el Art.410 CP”, puntualizó.

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“Estos procesos también violan las disposiciones de tratados internacionales tales como el Pacto de San José (reconocido en el Art. 46 Cn) que en su Artículo 8.1, dice que: “Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable por un juez o tribunal competente independiente e imparcial establecido con anterioridad por la ley en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella”, recordó Moreno.

Moreno lamentó que los jueces estén siendo utilizados como operadores políticos para condenar a los reos mediante juicios exprés cuando no existen delitos, ni acusaciones firmes.

“Es más que evidente que los operadores del sistema de justicia son utilizados por el régimen de Ortega Murillo como instrumentos para la criminalización y persecución política del derecho a pensar diferente y luchar por una Nicaragua con libertad y democracia”, agregó.

La doctora Moreno detalló que “la administración de la justicia debe garantizar el principio de la legalidad; protege y tutela los derechos humanos, y garantiza el acceso a la justicia mediante la aplicación de la ley en los asuntos o procesos de su competencia (Artículo 160 Cn). Los policías, fiscales y jueces han actuado en contra de lo establecido en la Constitución y el ordenamiento jurídico vigente”, finalizó la abogada.

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