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TAM confirma sentencia condenatoria para el periodista Miguel Mora

Mayo 23, 2022 12:55 PM

La sala penal número uno del Tribunal de Apelaciones circuncisión Managua declaró no ha lugar el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia en la que condenan al periodista y preso político Miguel Mora Barberena por el supuesto delito de menoscabo a la integridad nacional en perjuicio del Estado de Nicaragua y de la sociedad nicaragüense.

En la exposición de agravio del recurso de apelación, el abogado defensor de Miguel Mora, José Gerardo González Riega, señala que el proceso judicial violó las garantías constitucionales mínimas del debido proceso y leyes procesales.

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En este sentido, González invocó el artículo 34 que establece “igualdad de condiciones, el derecho al debido proceso y a la tutela judicial efectiva”, el cual fue violado, por eso solicitó anular el proceso y declarar la nulidad absoluta por el tribunal de alzada.

También hizo hincapié que dicho artículo establece como derecho y garantía del acusado qué, a qué se ha juzgado sin dilaciones por el tribunal competente o al fuero atractivo, por lo cual nadie puede ser sustraído de su juez natural. 

En otros aspectos, indicó que la tramitación compleja se decretó de manera precipitada sin mayor motivación lo que impidió que el abogado defensor tuviera intervención en el proceso “bajo el patrocinio de un defensor público que cubra la apariencia de no indefensión material del acusado, pero no representan y defienden sus intereses”, señaló

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Respecto a la tipificación del delito, el abogado explicó que se violenta el derecho de la interpretación restrictiva de la ley penal haciendo una interpretación analógica del delito de conspiración con el delito de crimen organizado.

“Los hechos acusados no de forma separada no conjunta eran imputables se trata de hecho que carecen de tipicidad penal se les da carácter penal a conductas atípicas por lo que genera una sentencia completamente incongruente que la Sala de Apelaciones debe declarar nulo”

También señaló que se venció el cómputo del plazo de duración máxima del proceso ya que el 24 de enero del año 2022 habían transcurrido 7 meses, por lo que la sala At-queen debe ser capaz de subsanar el error.

Aunque el abogado defensor estableció claramente un sinnúmero de violaciones, el Tribunal de Apelaciones, no sólo no realizó la audiencia que correspondía, sino que declaró no ha lugar el recurso de apelación.

“No ha lugar al recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia número 005 2022 dictada a las 10 de la mañana donde se condena a Miguel de los Ángeles Mora Barberena a la pena de 13 años de prisión, inhabilitación absoluta por el mismo periodo para el desempeño de función. Se confirma en todas y cada una de sus partes la resolución recurrida anteriormente identificada”, indica el documento.

Mora fue sentenciado a la pena de 13 años de prisión e inhabilitación absoluta por el mismo periodo para el desempeño de función, empleo o cargo público por ser supuestamente autor directo del delito de menoscabar la integridad nacional en perjuicio del Estado de Nicaragua y de la sociedad nicaragüense. 

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