Ortega manda a reformar Código Procesal Penal, ahora se materializa la confiscación

Tras aniquilar a la mayoría de oenegés en el país, ahora el régimen de Daniel Ortega va contra las personas jurídicas, es decir empresas privadas para confiscar bienes
Equipo de Periodistas
Septiembre 04, 2024 12:30 PM
Daniel Ortega y Rosario Murillo, durante el desfile del Ejército de Nicaragua. • Foto: Consejo de Comunicación y Ciudadanía

Tras la reforma al Código Penal de Nicaragua, el régimen de Daniel Ortega también mandó a modificar la Ley No. 406, Código Procesal Penal, la cual se enfoca en las personas jurídicas -como sujeto de delito-para confiscar los bienes de las organizaciones o de empresas privadas. 

Durante la tercera sesión ordinaria de la XL Legislatura de la Asamblea Nacional, los diputados sandinistas enviaron a consulta y dictamen a la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos, la Iniciativa de Ley de Reformas y Adiciones a la Ley No. 406, Código Procesal Penal.

En la exposición de motivos, el régimen señala que la enmienda está en concordancia con las reformas a normas sustantivas penales ordinarias y especiales que realiza el Estado de Nicaragua.

“Las reformas procedimentales propuestas tienen como finalidad aclarar, mejorar y ampliar la forma o manera en que se deba dirigir y gestionar el proceso penal”, indican.

Argumentan que el objetivo fundamental es garantizar que tanto las autoridades encargadas de la investigación y acusación, así como el juzgador mismo y las partes que intervienen en el proceso, cuenten con los instrumentos y disposiciones legales necesarias para garantizar la comparecencia segura y oportuna de víctimas, testigos, peritos, especialistas y del acusado mismo.

En el caso específico de la delincuencia organizada transnacional, tiene la posibilidad de actuar con suficiente celeridad para evadir la justicia, evitando la aprehensión de sus integrantes y ocultando o disponiendo de sus utilidades y medios que le permitan continuar operando, e incluso reproduciendo sus estructuras delictivas.

“Se requiere de mecanismos que permitan a la autoridades de persecución y sanción penal, anticipar estas acciones de encubrimiento, asegurando tales bienes y accediendo de forma oportuna y directa, a aquella información que garantice el éxito en el enfrentamiento a la delincuencia nacional o transnacional, garantizando que esta última sea obtenida y resguardada bajo el principio de la confidencialidad y reserva de la información”, indican.

Al respecto, la abogada Yonarqui Martínez dijo a 100%Noticias que el régimen está cambiando el derecho penal enfocados en las personas jurídicas, ONG, empresas y asociaciones para quedarse con los bienes de manera descarada. 

“En vez de hacer juicios mercantiles sobre administración fraudulenta en caso de las empresas. Los administradores, gerentes y directores de ONG ¿cómo van a quedar en estos casos? ¿Dónde queda el principio de personalidad que nos dice que la pena es personal?. La responsabilidad no trasciende. A todas luces las víctimas son todas las ONG, empresas que quieran quitarle bienes”, expresó.

Resalta que la enmienda se contradice con la Constitución Política “todos sabemos la manera en que actúa la policía para sus diferentes investigaciones, recordemos que el Ministerio Público y la policía son los encargados de recuperar la prueba, pero como son pruebas de juicio antojadiza que en algunos casos no van a tener ningún tipo de prueba, van a inventarla, van a falsearla, entonces es un punto negativo”.

Otro aspecto, según Martínez es que la reforma cercena el derecho a la defensa con el artículo 99 “Efectos de la rebeldía”.

“Desde el momento que te hablan de la rebeldía, o sea que van a seguir el proceso estés o no estés el investigado, si te van a designar un abogado”.

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Respecto a la jurisdicción y competencia de los diferentes tribunales, la enmienda establece que cualquier juez podrá conocer la causa, independientemente si es o no su jurisdicción.

“Con la nueva reforma al Código Procesal Penal ellos pueden hacer el juicio donde ellos quieran y ya no va a ser eso un motivo para señalar que es un defecto o que es una falta de competencia o de jurisdicción, sino que todos los jueces van a poder conocer”, señaló. 

Sobre la tramitación compleja, Martínez recordó que el régimen está acostumbrado a realizar acusaciones donde van hasta 30 personas acusadas, es decir que lo que establece el artículo 77 del Código Procesal no se cumple.

“¿Qué es lo que van a hacer ahora? por ejemplo, los delitos de crimen organizado o de trascendencia social, ahora van a pedir la tramitación compleja, es decir que los plazos se dupliquen”.

Agrega “hay que poner en alerta y es que hasta el día de hoy se ha estado robando información y se estaba hackeando celulares de plataformas digitales como WhatsApp y ahora con esta nueva reforma, le están dando legalidad, todo tipo de plataforma ellos lo van a hacer de manera legal y lo van a incorporar en juicio”.

Señala que la reforma aumenta atribuciones a la Policía Nacional “le están regalando atribuciones que ya de hecho se da, no de derecho, ahora van a continuar. Son reformas antojadizas eso de las investigaciones corporales se estaban practicando, pero ahora se está haciendo de una forma en la cual ya no lo podamos ver como una violación para ellos”.

Sostiene que es una barbaridad lo que se está haciendo con la prueba testimonial, “es una prueba que por excelencia tiene que cumplir ciertos requisitos va a ser manoseada. La prueba documental va a ser antojadiza, manoseada, ilegal con defecto absoluto, obviamente todo esto es un retroceso a la norma penal”.

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