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Régimen en Nicaragua criminaliza redes sociales y aplicaciones móviles hasta fuera del país

La iniciativa fue enviada con “trámite de urgencia” a la Asamblea Nacional

Septiembre 11, 2024 02:35 PM

La Asamblea Nacional de Nicaragua aprobó la reforma a la Ley No. 1042, "Ley Especial de Ciberdelitos", la cual criminaliza el contenido en redes sociales de críticos, aún estando en exterior. La iniciativa de Ley de Reformas y Adiciones a la Ley No. 1042, fue enviada con “trámite de urgencia” por Daniel Ortega.

De acuerdo a la fundamentación de ley, la “delincuencia organizada” avanza con celeridad, por lo cual consideran necesario prevenir, detectar, investigar y sancionar conductas que atacan a la sociedad, a bienes, trascendencia jurídica nacional y, de manera particular, a bienes. , y sistemas operados por el Estado.

Supuestamente la propuesta fortalecerá la prevención, enfrentamiento, investigación y judicialización de aquellos delitos que se cometan aprovechándose de los sistemas informáticos, de las nuevas tecnologías y las redes sociales, dentro o fuera del país (...) “que tratan de afectar o desestabilizar la tranquilidad y la paz social de las personas, familias y la comunidad”. Los artículos modificados serán: 1, 2, 8, 9, 10, 11, 12, 15 y el artículo 30 con su epígrafe.

El artículo 1 establece que “la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos cometidos por medio de las Tecnologías de la Información y la Comunicación , el uso de redes sociales y aplicaciones móviles, en perjuicio de personas naturales o jurídicas, así como la protección integral de los sistemas que utilicen dichas tecnologías , su contenido y cualquiera de sus componentes, en los términos previstos en esta Ley".

En cuanto al ámbito de aplicación, señala que se aplicará a los autores materiales, intelectuales, cooperadores necesarios, cómplices oa cualquier otra persona que facilite o favorezca la comisión de los delitos previstos en la Ley.

En el principio de universalidad, indica que la Ley también será aplicable a los delitos cometidos dentro o fuera del territorio nacional.

Noticias falsas 

Asimismo, en el artículo 8 sobre “Interferencia del sistema informático o datos”, establece que cualquier persona que intencionalmente y por cualquier medio interfiera o altere el funcionamiento de un sistema informático o los datos contenidos en él, de forma temporal o permanente, será sancionada. con prisión de cuatro a 7 años y 367 días multa.

En caso que se afecte los sistemas informáticos del Estado, o aquellos destinados a la prestación de servicios salud, comunicaciones, finanzas, energía, suministro de agua, medios de transporte, puertos y aeropuertos, seguridad ciudadana, sistema de seguridad social, educación en cualquiera de sus subsistemas, orden público y defensa nacional u otros de servicio al público, la sanción de prisión será de 7 a 15 años.

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 También en el artículo 30 titulado “ Propagación o difusión de noticias falsas o tergiversadas a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación ”, la iniciativa señala que la persona que usa las redes sociales o aplicaciones móviles, pública o difunda información falsa, tergiversada o de cualquier otra naturaleza que de forma deliberada produzcan alarma, temor, pánico o zozobra en la población, se impondrá la pena de 3 a 5 años de prisión y trescientos a quinientos días multa.

Además, establece que si la publicación perjudica el honor o reputación de una persona o su familia, se le impondrá una pena de 2 a 4 años de prisión.

“Si la publicación o difusión de la información, a la discriminación, al odio ya la violencia por motivos raciales, religiosos, políticos, condición económica y social o ponga en peligro la estabilidad económica y social, el orden público, la seguridad soberana o la salud pública, se le impondrá pena de 5 a 10 años de prisión".

Además la pena se impondrá a los cooperadores necesarios, cómplices oa cualquier otra persona que facilite o favorezca la comisión de este delito.

Agrega que “Esta pena se incrementará hasta dos tercios a las personas que organizan, financian, realizan, colaboran y/o facilitan la creación o difusión masiva de la información antes señalada por los medios y formas”.

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