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TAM admite Recurso de Amparo interpuesto por CxL en contra de la cancelación de su personería jurídica

El Tribunal de Apelaciones de Managua admitió el Recurso de Amparo interpuesto por el partido Ciudadanos por la Libertad en contra de los magistrados del Consejo Supremo Electoral (CSE), por la cancelación de su personalidad jurídica.

Octubre 01, 2021 04:16 PM

El Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM) notificó este viernes a Ciudadanos por la Libertad la admisión a trámite del Recurso de Amparo interpuesto por esta organización política el pasado 1 de septiembre en contra de los magistrados del Consejo Supremo Electoral (CSE), por la cancelación de su personalidad jurídica.

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El pasado seis de agosto, los magistrados  del CSE fieles a Daniel Ortega y Rosario Murillo, cancelaron la personería jurídica al partido, así como la anulación de la cédula de identidad de la presidenta nacional de ese partido Carmella María Rogers Arbum, tras atender una denuncia de María Haydee Osuna, presindeta Nacional del Partido Liberal constitucionalista (PLC).

En su resolución, fechada el 9 de septiembre pasado, la Sala Civil Dos del Tribunal de Apelaciones Circunscripción Managua, expresa que “Considera la Sala que el presente recurso reúne los requisitos de forma establecidos en el artículo 49 de la vigente Ley 983 Ley de Justicia Constitucional, publicada en La Gaceta, Diario Oficial número 247 del veinte de diciembre del año dos mil dieciocho, por lo que cabe admitirse a trámite”, se lee en el escrito del Tribunal de Apelaciones.

En el documento, el TAM expresa que “en relación a la petición de suspensión del acto, no ha lugar a la misma, por cuanto el acto recurrido es materia de fondo sobre lo que ha de resolver la sala constitucional de la Corte Suprema de Justicia”, con lo cual mantiene vigente la resolución del Consejo Supremo Electoral hasta que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia emita la resolución definitiva sobre el recurso, se lee en el documento  enviado por los magistrados a los dirigentes de Ciudadanos por la Libertad.

El seis de agosto pasado, a las 3:30 de la tarde, el Consejo Supremo Electoral, atendiendo una denuncia presentada a las 12:30 de ese mediodía por María Haydee Osuna y otros directivos de esa organización, el CSE canceló la personalidad jurídica de este partido que estaba listo para competir en las elecciones del próximo siete de noviembre.

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En esa misma resolución de los magistrados sandinistas del CSE, se canceló la cédula de identidad de Carmella María Rogers Arbum, conocida en la política como Kitty Monterrey, “en un proceso que se realizó de forma secreta, duró tres horas y sin siquiera notificar al partido afectado sobre la denuncia, violentando la Ley Electoral que establece en su artículo 56 el procedimiento legal que garantiza el debido proceso en la cancelación de la personalidad jurídica de un partido político”, manifestó el CxL en un comunicado emitido esta tarde.

Tras lo ocurrido, la presidenta de ese partido se exilió en Costa Rica por temor a ser encarcelada a como ha ocurrido con otros dirigentes políticos.

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Mediante el proceso de apelación, “Ciudadanos por la Libertad alegó en su recurso que el Consejo Supremo Electoral, al omitir el procedimiento legal y dejar en la indefensión al partido afectado, violentó las garantías del debido proceso establecidas en el artículo 34 de la Constitución Política, así como el artículo 55 que reconoce el derecho de los ciudadanos nicaragüenses a organizar o afiliarse a partidos políticos, y los artículos 130 párrafo primero, 182 y 183 de nuestra Carta Magna, que establecen los principios de legalidad, primacía de la Constitución e interdicción de la arbitrariedad en la actuación de los funcionario públicos”, se lee en el documento del partido liberal.

Conforme el procedimiento de ley para los recursos de amparo, el Tribunal en su resolución manda a los Magistrados del Consejo Supremo Electoral a personarse ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y a remitir informe de lo actuado en un plazo de quince días, e igualmente manda a Oscar Sobalvarro, en su calidad de Presidente Nacional y Representante Legal en Funciones del Partido Ciudadanos por la Libertad, a personarse ante la Corte en un plazo de diez días.

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